Dudas de Peces-Barba
Aunque a estas alturas ya casi nada sorprende, las declaraciones de Gregorio Peces-Barba manifestando que tiene dudas sobre la constitucionalidad de algunos artículos de la ley antiterrorista, especialmente con el plazo de los días de incomunicación de los detenidos, no sólo me han causado sorpresa, sino estupor y vergüenza... ajena.Aún recuerdo cómo, siendo ponente socialista en la comisión constitucional del Congreso, Peces-Barba, el 18 de mayo de 1978, le decía a Jesús Sancho Rof, a la sazón subsecretario de Interior: "¿Para qué se necesita que un detenido esté más de 24 horas o más de 48 horas en poder de la autoridad policial? Si es verdad que la autoridad policial no puede ni siquiera obligarle a declarar, ¿por qué tiene que estar el detenido en las dependencias policiales? ¿Qué se pretende ha cer con él? ¿Es que vamos a volver a las prácticas el franquismo en las cuales los detenidos su bían seis y siete veces a recibirles declaración sin que eso constase en ningún sitio, y luego, de esas siete declaraciones, o las que fueran, se producía una única declaración posterior por escrito?". (Véase EL PAÍS de 3 de febrero de 1985).
El señor Peces-Barba ha pasado de la contundencia verbal de 1978 a la duda de 1987, pasando por la mudez del período 1982-1986.
Es reconfortante que el señor Peces-Barba vuelva a incorporarse al grupo de los que tenemos dudas muy fundadas sobre la constitucionalidad del plazo de 10 días de incomunicación que la actual ley antiterrorista permite.-