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Liberalización de tipos de interés y dividendos

Lineas básicas de la reforma

La reforma del sistema financiero, que podría quedar aprobada en el Consejo de Ministros de esta misma semana, derogará el decreto de 31 de diciembre de 1941 sobre reparto de dividendos bancarios, conocido como «decreto Larraz». Las líneas básicas de la mencionada reforma, según el documento a que ha tenido acceso EL PAIS, son las siguientes:El artículo 1º establece que «los tipos de interés de las operaciones activas, cualquiera que sea su plazo y modalidad, de los bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito serán los que libremente se pacten con la clientela en los respectivos contratos». El artículo 2º obliga a dar publicidad a los tipos de interés preferenciales o más bajos, y el 3º obliga a que se pacte un tipo de interés de referencia en los préstamos o créditos a tipo variable.

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El artículo 4º determina que serán libres los tipos de interés de operaciones pasivas, cualquiera que sea su plazo y modalidad, de las entidades de depósitos con otras entidades de depósitos, sociedades y fondos de inversión mobiliaria, entidades de seguros, sociedades de mediación en el mercado de dinero registradas en el Banco de España y corporaciones locales.

Para los particulares serán libres los tipos de las imposiciones a plazo fijo de seis meses o más y cuantía igual o superior al millón de pesetas. El 5º y 6º tratan de las imposiciones a plazo fijo entre seis meses y cinco años. Los certificados no podrán crearse por cuantía inferior a un millón de pesetas. El artículo 7º trata de las comisiones máximas. Por cobranza de efectos domiciliados, el cliente deberá pagar un 0,25%, y por efectos no domiciliados, un 0,5%.

El artículo 8º modifica una orden vigente sobre financiación a medio y largo plazo por la banca privada, por la que se obliga a ésta a constituir un depósito obligatorio en el Banco de España próximo al 6% de sus pasivos computables. Dentro de ese porcentaje pueden contabilizarse, entre otros, los créditos concedidos a la clientela con plazo medio no inferior a tres años. El 9º se refiere a la emisión de bonos y obligaciones, y el 10º liberaliza los dividendos bancarios, modificando el «decreto Larraz», al que aludimos anteriormente.

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