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Promocisa no abrió las cuentas bancarias exigidas por la ley

Las cuentas especiales que Promocisa debería haber abierto para ingresar en ellas las cantidades recibidas a cuenta por parte de los futuros compradores no existen. Ese es, por lo menos, el argumento esgrimido ayer, ante un redactor de EL PAIS, por representantes del Banco Industrial del Sur y del Banco Central, al ser preguntados sobre si esas entidades habían liberado dinero o no de esas supuestas cuentas especiales. La sociedad Promocisa ha sido acusada públicamente de haber realizado una posible estafa inmobiliaria, por valor de más de 8.000 millones de pesetas, en tres urbanizaciones en Villalba, Torrejón de Ardoz y Móstoles.Las citadas cuentas especiales, en las que deberían haber sido depositadas las cantidades entregadas a cuenta por los compradores de los pisos, están previstas en una ley del año 1968, redactada a raíz de la estafa de Nueva Esperanza. Según esa ley, las cuentas bancarias especiales han de estar bloqueadas y de ellas no es posible extraer el dinero depositado, si no es previa presentación de certificados de obra que acrediten la realización de la construcción.

En un primero momento (véase EL PAIS del viernes pasado) se pensó, por parte de los afectados, en que el dinero depositado en las cuentas especiales (que sí habían sido abiertas) había sido liberado en el verano de 1978 para que Promocisa pudiera pagar alguna de sus deudas y para que pudiera seguir, aunque relentizada, la construcción de alguna de las tres urbanizaciones.

Sin embargo, en el caso de que las cuentas especiales, tal como aseguran ahora los bancos, ni tan siquiera hubieran existido, las responsabilidades recaerían exclusivamente en los tres socios propietarios de Promocisa, Josefa Polo, Luis Constantino Jiménez-Redondo y Saturnino Divasson. Fuentes próximas a los afectados calculaban ayer que el caso podría llegar a ser considerado como de apropiación indebida y, por tanto, ser condenados sus responsables a una pena oscilante entre los seis y los doce años de presidio.

En cuanto a las compañías aseguradoras que cubrían el riesgo de la construcción y avalaban las cantidades entregadas a cuenta, una de ellas, Minerva, declaró la nulidad del contrato que le unía con Promocisa, en base a la no existencia de esas cuentas previstas por la ley.

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