Contradicciones administrativas en torno a las tasas universitarias
La orden de 3 de junio de 1977, del Ministerio de Educación y Ciencia publicada en el Boletín Oficial del Estado de 29 de junio, por la que se hacía pública la convocatoria de ayudas para el pago total o parcial de tasas académicas para el curso académico 1977-1978, no podrá aplicarse en todos sus términos, una vez fijados los nuevos precios de dichas tasas universitarias.La convocatoria que, según el preámbulo de dicha orden, obedecía a las mismas consideraciones que aconsejaron la creación de tales ayudas al producirse la considerable subida del precio de las tasas en el curso anterior un 300 % establece con toda claridad que las ayudas que se convocan lo son para el pago «total o parcial» de las tasas.
Sin embargo, las ochenta mil ayudas convocadas en la referida orden lo fueron con arreglo a los precios de las tasas del curso anterior, es decir, sin tener en cuenta lo nuevos precios que ahora han sido señalados.