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El TSJA archiva la causa contra el exdirector del Centro del Flamenco

El tribunal considera que Luis Guerrero desempeñó una actividad profesional “real”

El que fuera director del Centro Andaluz del Flamenco, Luis Guerrero, este mayo.
El que fuera director del Centro Andaluz del Flamenco, Luis Guerrero, este mayo.M. A. MOLINA (EFE)
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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado el recurso de apelación presentado por la Fiscalía Superior y ha confirmado el archivo de la causa contra Luis Guerrero por su contrato como director del Centro Andaluz del Flamenco entre agosto de 2012 y junio de 2015, un cargo que supuestamente no ejerció. El instructor de este caso, Miguel Pasquau, cerró previamente las diligencias respecto a Guerrero, ahora diputado provincial del PSOE en Málaga, al considerar que cobró un sueldo de la Junta por una actividad con “prestación real” y conforme a la función pública. El tribunal se muestra totalmente de acuerdo con esta tesis del magistrado.

La causa, que investiga supuestos delitos de prevaricación y malversación, continúa contra el exconsejero andaluz de Cultura Luciano Alonso, quien emitió las órdenes que designaron a Guerrero para el puesto. El diputado provincial trabajó físicamente para el Centro Andaluz de las Letras, con sede en Málaga, y el organismo encargado de divulgar el flamenco se encuentra en Jerez de la Frontera (Cádiz).

Para la Sala, queda claro que Guerrero, quien ostentaba un puesto de personal eventual en la Diputación de Málaga, cesó “al aceptar la oferta de nombramiento” como personal eventual de la Consejería de Cultura. Es decir, “no fue pedido” por él, sino propuesto por Alonso, y no tuvo por tanto “ninguna participación” en el dictado de las resoluciones administrativas que lo vincularon a la Junta. Esta situación, en opinión de los jueces, “elimina toda su responsabilidad penal” por la designación.

El alto tribunal andaluz también coincide con el instructor en que Guerrero cobró un sueldo con cargo al Presupuesto del Gobierno andaluz por una actividad que tuvo “prestación real y conforme a la función pública”. “El hecho de que el contenido concreto de las funciones por las que se le retribuyó (asesor de la Consejería en Málaga) no sean las propias del puesto para el que se le nombró (director del Centro del Flamenco), podría denotar una ilegalidad en su momento, pero no un delito de malversación de caudales públicos”, argumenta el auto judicial de archivo. Y añade: “ni sustrajo fondos públicos ni el otro investigado (Alonso) consintió que esto se produjera […] Fue la contraprestación por el trabajo efectivamente realizado en la Consejería como personal eventual”.

El TSJA rechaza todas las argumentaciones esgrimidas por la fiscalía, que consideraba que el sueldo público percibido por Guerrero estaba destinado “a un fin administrativo concreto”, como era la dirección del Centro Andaluz del Flamenco, y “no a la promoción de las actividades” de la Consejería en la provincia de Málaga. La causa, abierta en abril tras una querella del ministerio público, sigue de momento contra Alonso, actualmente parlamentario andaluz del PSOE por Málaga.

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