Wert se alinea con los colegios que separan por sexo frente al Supremo
El ministro no ve discriminatorio que haya centros que acepten solo chicos o chicas
Las dos sentencias del Tribunal Supremo en las que se niega la posibilidad de que los colegios que segregan por sexo reciban subvenciones son solo un punto y seguido en la larga guerra entre los defensores de este tipo de educación y los que creen que no deben recibir dinero público. Hay unos 70 centros educativos concertados que segregan en España y cuya financiación está ahora en cuestión. Los fallos del alto tribunal abren la puerta a un posible aluvión de demandas contra los conciertos con esos colegios. Pero, también, a recursos en sentido contrario: una de las patronales de este tipo de enseñanza ha anunciado este miércoles que pedirá el amparo del Tribunal Constitucional.
Entre los que han salido en defensa de este tipo de centros destaca el ministro de Educación, José Ignacio Wert. En un comunicado ha dicho que respeta los fallos del Supremo, pero inmediatamente después ha empleado el mismo razonamiento del voto particular que acompaña a las dos sentencias del alto tribunal, es decir, que la Unesco no considera discriminatoria la práctica de los colegios que separan por sexo. “Hay que plantearse hasta qué punto el argumento de que la educación diferenciada supone discriminación entre los sexos es un argumento compatible con la convención de la Unesco que firmó España contra la discriminación en la enseñanza, en la que se sostiene que la educación diferenciada, siempre que no suponga una desigualdad de oportunidades para chicos y para chicas, no supone una forma de discriminación”, afirma el ministro.
Lo que dice la Unesco
España firmó en 1969 la Convención relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza, de 1960. Esta dice:
ARTICULO 1: "1. A los efectos de la presente Convención, se entiende por "discriminación" toda distinción, exclusión, limitación o preferencia, fundada en la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, las opiniones políticas o de cualquier otra índole, el origen nacional o social, la posición económica o el nacimiento, que tenga por finalidad o por efecto destruir o alterar la igualdad de trato en la esfera de la enseñanza".
ARTICULO 2: "En el caso de que el Estado las admita, las situaciones siguientes no serán consideradas como constitutivas de discriminación en el sentido del artículo 1 de la presente Convención: a. La creación o el mantenimiento de sistemas o establecimientos de enseñanza separados para los alumnos de sexo masculino y para los de sexo femenino, siempre que esos sistemas o establecimientos ofrezcan facilidades equivalentes de acceso a la enseñanza, dispongan de un personal docente igualmente calificado, así como de locales escolares y de un equipo de igual calidad y permitan seguir los mismos programas de estudio o programas equivalentes".
El principal argumento del Supremo para rechazar estos conciertos gira alrededor de un artículo de la Ley Orgánica de Educación (LOE), de 2006, en el que se prohíbe la discriminación por cualquier razón (también por sexo) en el proceso de escolarización de los centros sostenidos con fondos públicos. La LOE fue aprobada durante la primera legislatura como presidente del Gobierno del socialista José Luis Rodríguez Zapatero.
El PP ya ha anunciado que piensa reformar esta norma, aunque aún no se ha pronunciado sobre la posibilidad de cambiar el punto que habla sobre la discriminación por sexo o el que se refiere a los centros concertados. De momento, en la nota del ministerio, Wert concluye, al hilo de la convención de la Unesco: “Si no hay discriminación en función de esa educación diferenciada, no puede haber tampoco diferenciación en la aportación de fondos públicos. Esta es una cuestión que hay que analizar y que hay que debatir”.
Por su parte, la patronal Fomento de Centros de Enseñanza, vinculada al Opus Dei, ha anunciado que tiene intención de llevar al Constitucional el fallo sobre el colegio cántabro Torrevelo. En aquel caso, fue la asociación de padres la que se personó en la causa en defensa del concierto. Joan Curcó, director de Fomento, ha señalado que su organización prestará a los padres el apoyo para que sigan pleiteando. En opinión de Curcó, la disparidad de sentencias sobre este asunto hace necesaria la intervención del Constitucional. Al margen de los pronunciamientos del Supremo, que se ha inclinado por defender la actuación de los Gobiernos autónomos que optaron por retirar los conciertos a la enseñanza diferenciada, existen fallos de varios tribunales de justicia regionales (Asturias, Galicia y Andalucía) en sentido opuesto.
La otra sentencia del Supremo se refiere a un centro de enseñanza ubicado en Brenes, Sevilla. La Junta de Andalucía ha celebrado este miércoles la decisión del alto tribunal. La Consejería de Educación reconoce que tendrán que estudiar el fallo para ver si “es de aplicación inmediata a los conciertos educativos que actualmente están en vigor o afectará a la renovación general de los conciertos”, que comenzará en 2013. Mar Moreno, la responsable de este departamento, ha dicho compartir “todos los argumentos” del Supremo.
La reacción en las comunidades gobernadas por el PP ha sido distinta: Madrid y Galicia, por ejemplo, no se han mostrado partidarias de suspender las ayudas a estos centros. El Gobierno gallego, sin embargo, sí ha reconocido que analizará los fallos para saber si pueden repercutir en su comunidad.
Cataluña, gobernada por CiU, también ha anunciado que mantendrá los 16 conciertos que tiene con colegios que separan por sexo. Las ayudas continuarán al menos hasta 2014, cuando se deben renovar. El partido de izquierdas ICV ha reclamado la modificación de la Ley de Educación Catalana para que se ajuste al fallo del Supremo. En Valencia, Esquerra Unida ha anunciado que llevará este asunto al Parlamento autónomo, dado que en la comunidad existen siete centros de este tipo subvencionados.
Con información de Neus Caballer, Raúl Ríos, Pilar Álvarez y David García Vázquez.
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