Una ley pone coto a la obtención de datos sin que lo sepa el ciudadano
El proyecto regulará el rastro electrónico que dejan las etiquetas inteligentes
Las etiquetas inteligentes, esos dispositivos de identificación por radiofrecuencia adheridos a prendas de ropa, bolsos o entradas de fútbol, estarán sujetas a normas para evitar que vulneren el derecho de privacidad de los ciudadanos. Estos pequeños chips llevan incorporados una microemisora de radio que puede facilitar información sobre los gustos y hábitos de consumo. La tecnología RFID (etiquetas que utilizan el espacio radioléctrico) permite almacenar datos personales sin que, en muchos casos, los usuarios sean conscientes de ello.
Ocurre lo mismo con las cookies, una especie de galletas instaladas en los ordenadores que rastrean las páginas web que visita un internauta. A partir de esa información es posible trazar su perfil como consumidor. Estas pistas son utilizadas sobre todo por las agencias de publicidad online para suministrar anuncios a medida. Tampoco el usuario es siempre consciente de que sus movimientos en la Red están siendo espiados por artilugios que incluso ignora que tiene instalados en su ordenador.
Las empresas deberán informar "sin dilación" de fallos de seguridad
El Gobierno quiere que los datos de carácter personal captados por estos dos mecanismos, o por cualquier otra tecnología, estén "mejor protegidos". Así lo refleja la nueva La Ley General de Telecomunicaciones (LGT), que actualmente se tramita en la Comisión de Industria del Congreso de los Diputados. El Ejecutivo aprovecha esta norma para adaptar la legislación española a la de la UE. La Comisión Europea ha dictado una directiva comunitaria sobre privacidad que, en teoría, todos los Estados miembro deberían haber adoptado a finales del pasado mes de mayo.
La LGT no cuestiona el uso de los artilugios de almacenamiento y recuperación de datos en los equipos terminales de los usuarios, pero impone una condición: que los internautas den su consentimiento tras haber sido informados de manera "clara y completa" sobre su utilización y los fines del tratamiento de los datos.
Este es un cambio básico en la ley. Hasta ahora, para instalar estos dispositivos invisibles solo era necesario que el usuario estuviera informado. Pero la norma, como impone la UE, establece un nuevo régimen. Exige que el interesado dé su autorización y preserva su derecho a oponerse a que se le instalen estos instrumentos. Las coockies actúan como verdaderos chivatos de las páginas por las que se mueve el usuario y tienen poderosos aliados: los lobbys que representan a la publicidad digital. Organismos como el Interactive Advertising Bureau (IAB) se han movilizado para intentar suavizar las obligaciones de la UE. Dicen que la normativa puede ser un freno a la competitividad.
En su informe sobre el anteproyecto de ley del Gobierno, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) recordaba que de los cuatro buscadores principales, solo uno bloquea por defecto las cookies de terceros desde el momento en el que se instala al buscador. Los otros tres están configurados para aceptar todas las cookies.
La LGT extrema las cautelas sobre el tratamiento y la proyección de datos por parte de los operadores y les obliga a informar "sin dilaciones indebidas" a Protección de Datos cuando se produzcan fallos de seguridad que puedan dejar al descubierto la privacidad de los usuarios. Si el operador detecta que la violación de los datos "pudiera afectar negativamente a la intimidad o a los datos personales de un abonado o un particular" deberá notificarlo al afectado con la misma rapidez.
Además, los operadores deberán llevar un inventario de las violaciones de los datos personales y de todos aquellos aspectos relacionados con esas infracciones (sus efectos y las medidas adoptadas para evitar defender al usuario).Por violación de datos personales se entiende la violación de la seguridad que provoque la destrucción, accidental o ilícita, la pérdida, la alteración, la revelación o el acceso no autorizados de información privada.
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