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El Gobierno pone límites al plan para segregar alumnos en Cataluña

Educación dice que los espacios para inmigrantes deben ser una medida "puntual, voluntaria y por tiempo limitado" - La ley defiende la escolarización "inclusiva"

El Gobierno central afirma que los "espacios" para alumnos inmigrantes fuera de la red escolar anunciados por la Generalitat de Cataluña deben ser una medida puntual, es decir, extraordinaria, de estancia limitada en el tiempo y voluntaria para las familias. La Generalitat creará cuatro centros de estas características en las ciudades de Vic (Barcelona) y Reus (Tarragona) para alumnos de ocho a 18 años que lleguen con el curso empezado y desconozcan el idioma y la realidad social y cultural del país.

El ministerio se muestra cauto porque aún no conoce "la propuesta de Cataluña al detalle", aunque afirmó que está "a favor de cualquier medida que busque la integración de los alumnos inmigrantes" y considera que es en este marco donde está la propuesta catalana. "Puede ser una experiencia positiva si es voluntaria, está limitada en el tiempo y tiene el objetivo de facilitar la incorporación a los centros educativos en las mejores condiciones posibles", remachó un portavoz del ministerio.

La Generalitat replica que "no está escrito que la estancia sea obligatoria"
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Sin embargo, ¿cómo casa el hecho de que los niños y niñas de seis a 16 años tengan que estar escolarizados con la posibilidad de ir a esos centros para inmigrantes, que la Generalitat ha asegurado que no son centros escolares? El Gobierno catalán ha definido estos espacios como "previos a la escolarización". Ante esta pregunta, el ministerio vuelve a decir que no conoce los detalles del proyecto, pero que, efectivamente, los alumnos deben estar escolarizados siguiendo los principios de "normalidad e inclusión".

El Departamento de Educación de la Generalitat asegura que estos centros estarán fuera de la red educativa y recordó ayer que la estancia en ellos será temporal. Inicialmente, se barajó hasta un máximo de un curso. Ahora no se ha fijado tiempo máximo de estancia, aunque se asegura que será el mínimo posible. Un portavoz del Departamento de Educación recalcó que en la información facilitada a los medios "no está escrito que la estancia sea obligatoria". En la información facilitada el pasado viernes se daba entender que será obligatoria al afirmar que habrá para los inmigrantes un recibimiento en el espacio de acogida familiar y "se derivará a las familias a los Espacios de Bienvenida Educativa", el nombre con el que la Generalitat ha bautizado a estos centros.

En esta línea, el departamento destaca que "los profesionales que diagnostiquen las necesidades [de los alumnos] precisarán el tiempo de estancia en función del Plan de Trabajo individual". Y todo ello para "facilitar la incorporación de los alumnos al sistema educativo con plenas garantías". Para las familias de los alumnos está previsto, asimismo, "un módulo de 10 horas consistente en entrevistas personalizadas".

Por otro lado, aunque el ministerio asegura que si se cumplen esos tres requisitos, la medida catalana no contradiría el espíritu de la Ley Orgánica de Educación (LOE), impulsada por el Gobierno socialista en la anterior legislatura, este texto legal defiende la escuela inclusiva. En el artículo 79, punto dos, dice: "El desarrollo de estos programas [para los alumnos que llegan con el curso empezado y tienen carencias lingüísticas] será en todo caso simultáneo a la escolarización de los alumnos en los grupos ordinarios, conforme al nivel y evolución de su aprendizaje".

El artículo 71, apartado 2 de esta ley, recalca que se deben "asegurar los recursos necesarios para que los alumnos y alumnas que requieran una atención educativa diferente de la ordinaria por presentar necesidades educativas especiales por (...), por haberse incorporado tarde al sistema educativo (...) puedan alcanzar el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales y, en todo caso los objetivos establecidos con carácter general para todo el alumnado". Y agrega el apartado tres de ese artículo: "La atención integral al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo [...] se regirá por los principios de normalización es inclusión".

En el artículo 74 se vuelve a los mismos principios, asegurando además la "no discriminación y la igualdad efectiva en el acceso y la permanencia en el sistema educativo", aunque dice que pueden introducirse "medidas de flexibilización de las distintas etapas educativas cuando se considere necesario". En cualquier caso, un poco más abajo dice que las comunidades deben "desarrollar programas para su adecuada escolarización en los centros de educación primaria y secundaria obligatoria".

Otra ley, la que regula los Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su integración social, regula el derecho a la educación de los inmigrantes: "Todos los extranjeros menores de 18 años tienen derecho y deber a la educación en las mismas condiciones que los españoles, derecho que comprende el acceso a una enseñanza básica, gratuita y obligatoria, a la obtención de la titulación académica correspondiente y al acceso al sistema público de becas y ayudas".

Alumnos de colegio público Màrius Torres, de L'Hospitalet, el pasado abril.
Alumnos de colegio público Màrius Torres, de L'Hospitalet, el pasado abril.CARMEN SECANELLA

La ley educativa

- Artículo 71.2. "Corresponde a las Administraciones educativas [comunidades autónomas] asegurar los recursos necesarios para que los alumnos y alumnas que requieran una atención educativa diferente a la ordinaria[...]".- 74.1. "La escolarización del alumnado que presenta necesidades educativas especiales se regirá por los principios de normalización e inclusión y asegurará su no discriminación y la igualdad efectiva en el acceso[...]".- 74.4. "Corresponde a las Administraciones educativas promover la escolarización en la educación infantil del alumnado que presente necesidades educativas especiales y desarrollar programas para su adecuada escolarización en los centros de educación primaria y secundaria obligatoria".- 79.2. Programas específicos: "El desarrollo de estos programas será en todo caso simultáneo a la escolarización de los alumnos en los grupos ordinarios[...]".

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