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La Eurocámara propone el dominio .kid para la navegación segura de los menores

El pleno del Parlamento Europeo ha adoptado una Recomendación con objeto de garantizar un nivel de protección eficaz de los menores en la Red

El pleno del Parlamento Europeo ha adoptado una Recomendación con objeto de garantizar un nivel de protección eficaz de los menores. Entre las propuestas figura la creación de un nombre de dominio que podría ser .kid. El contenido de las páginas con este dominio debería respetar a los menores y sus derechos y estaría controlado permanentemente por una autoridad independiente.

Además, entre las medidas para mejorar la protección de los menores figuran, entre otras, una formación permanente de los profesores y educadores, conjuntamente con las asociaciones de protección de la infancia; el establecimiento de una enseñanza específica de Internet destinada a los menores; un enfoque educativo integrado de forma continua en los programas escolares o la organización de campañas nacionales de información de los ciudadanos.

La iniciativa también incluye la creación de una etiqueta de calidad de los proveedores, de tal manera que cualquier usuario pueda comprobar fácilmente si un determinado proveedor está o no acogido a un código de buenas conductas o implantar una línea telefónica única para las denuncias de actividades ilegales o sospechosas en la Red.

Como ha explicado la diputada francesa Marielle de Sarnez, la eurocámara es partidaria de que se facilite un sistema de filtros efectivo y de uso sencillo cuando se suscriba un abono a servicios de acceso, o que se creen abonos a servicios específicamente dedicados a los niños que dispongan de un filtrado automático en origen, efectuado por el propio proveedor.

Principios mínimos

La propuesta de recomendación tiene por objeto permitir el ejercicio de un derecho de réplica en el conjunto de los medios de comunicación y establecer los principios mínimos a nivel europeo para el ejercicio de este derecho en todos los nuevos medios de comunicación electrónicos.

La protección de los menores y de la dignidad humana en los servicios audiovisuales quedó recogida por primera vez en el artículo 22 de la Directiva sobre la televisión sin fronteras de 1989. Posteriormente el Consejo adoptó en 1998 una primera Recomendación sobre la protección de los menores y de la dignidad humana en los servicios audiovisuales y de información.

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