Atresmedia recurre al Supremo la exclusión de Vox de su debate electoral
El grupo audiovisual mantiene que la Junta Electoral conculcó los derechos de expresión y de información
El grupo audiovisual Atresmedia presentará un recurso ante el Tribunal Supremo por la decisión de la Junta Electoral Central (JEC) de excluir a Vox del debate electoral organizado por Antena 3 y La Sexta el pasado 23 de abril, dentro de la campaña de las elecciones legislativas del 28-A. El recurso defiende que los derechos de expresión y de información, garantía de una opinión pública libre y plural, han quedado conculcados con la interpretación restrictiva que la JEC hace del principio de proporcionalidad, según el grupo de comunicación.
Atresmedia había convocado a ese debate a los cabeza de lista de las principales formaciones de ámbito nacional: Pablo Casado (PP), Pedro Sánchez (PSOE), Pablo Iglesias (Unidas Podemos), Albert Rivera (Ciudadanos) y Santiago Abascal (Vox). Tras las reclamaciones de Coalición Canaria, Junts y PNV, la Junta emitió un dictamen en el que excluía a Vox al declarar que su participación en el debate era contrario al principio de proporcionalidad del artículo 66.2 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral Genera (Loreg).
En su resolución, la JEC consideraba que por "el principio de proporcionalidad" las formaciones con menor representación o que lograron menos votos no podrán tener mayor presencia en las televisiones que aquellas que registraron mejores resultados electorales en los últimos comicios equivalentes. Así pues, Vox, que obtuvo el 0,2% en las generales de 2016, no podría estar en un debate al que no acudiesen otras formaciones con mayor representación. El debate de RTVE tampoco contó con la presencia del partido de ultraderecha.
La JEC mantuvo que el debate a cinco propuesto por Atresmedia resulta contrario al principio de proporcionalidad que debe ser respetado por las televisiones privadas, y también las públicas, en los periodos electorales. La JEC no atendió el argumento de que La Sexta tenía previsto otro de debate sin Vox.
Para Atresmedia, el debate a cinco era "de mayor interés general, el que prestaba un mejor servicio a la ciudadanía, así como el más plural y representativo de la realidad política de nuestro país, como lo precedían las encuestan electorales y lo confirmaron las urnas el 28 de abril". Por ello, interpondrá ante el Supremo una demanda contencioso-administrativa contra el acuerdo de la Junta Electoral Central del pasado 16 de abril.
La compañía ha explicado este lunes que el recurso obedece a "su compromiso de garantizar la libertad de información sobre la que se construye la opinión pública, pilar de la propia legitimidad democrática". Expone asimismo que persigue "una aplicación de la normativa electoral que le permita establecer las condiciones necesarias para que los representantes del espectro político y social que conforma la sociedad civil de un país participen efectivamente en el debate público y expongan sus ideas, garantizando así la celebración de un encuentro abierto y realmente representativo".
El acuerdo que se impugna se fundamenta en la instrucción 4/2011 que dictó la JEC, según Atresmedia, "de manera contraria a la Constitución", el principio de proporcionalidad a respetar por las emisoras de titularidad privada en los debates electorales previsto la Loreg.
La empresa de comunicación sostiene que dicha instrucción desnaturaliza los derechos de expresión y de información, vulnerando el artículo 20 de la Constitución y también el Convenio Europeo de Derechos Humanos, que prohíbe este tipo de injerencias en el ejercicio de la libertad de expresión, concretamente, en debates de cuestiones de interés público.
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