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El fiscal recurre el auto de la jueza que rechazaba archivar la causa contra Camps y la F-1

Anticorrupción insiste en que los delitos ya han preescrito y que se debería cerrar el caso

Vista de la tribuna situada frente al puerto de Valencia, durante el Gran Premio de Europa de Fórmula 1
Vista de la tribuna situada frente al puerto de Valencia, durante el Gran Premio de Europa de Fórmula 1CARLES FRANCESC

El fiscal del caso que investiga al expresidente valenciano Francisco Camps por las presuntas irregularidades en la construcción del circuito de Fórmula 1 en  Valencia insiste en sus argumentos para archivar la causa. En un recurso presentado hoy al auto que emitió la pasada la jueza del caso vuelve a pedir el archivo al no observar delito alguno o en su caso estar prescritos. La titular del Juzgado de Instrucción número 17 de Valencia, Carmen García Mingo, rechazaba en su auto el sobreseimiento y calificaba de "poco seria" la actuación de la fiscalía en la causa contra el expresidente.

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Ahora, el fiscal anticorrupción insiste en que no existe indicio alguno de que Camps instase a las contrataciones necesarias para la construcción del circuito "con abuso de poder o amparadas en el uso ilegítimo del mismo" (prevaricación) ni tampoco de que pudiese haber incurrido en malversación, mucho menos en su modalidad agravada, que sería la única que impediría la prescripción.

"Decir que el circuito costó 85 millones de euros y que dijo el presidente que no iba a costar un euro (...) no integra ningún delito, como tampoco que la construcción del circuito haya supuesto un coste para las arcas de la Generalitat, pues lo que integra el tipo (malversación) es apropiarse o consentir que otro se apropie de los efectos y caudales, y es público y notorio que el circuito se realizó y que los grandes premios se celebraron", añade el fiscal.

En un escrito que se conoció el pasado jueves, la jueza rechazó la tesis de la prescripción y acusó a varios responsables de la Fiscalía de haber hecho caso omiso a las indicaciones de sus superiores para que avanzasen en la instrucción de la causa, así como de haber seguido adelante con una querella contra doce personas sin pedir antes determinados informes.

A juicio del Ministerio Público, la instructora "no da debida respuesta a una cuestión nuclear, y que debe ser apreciada de oficio en cualquier estado de la causa", como es la prescripción de parte de los hechos que son objeto de la investigación.

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En este sentido, menciona "la sobrecarga de juzgados y tribunales y el coste humano y para el erario público de proseguir con procedimientos penales cuando los hechos indiciariamente delictivos están prescritos".

Recuerda que la investigación quedó ceñida a tres contratos adjudicados a la UTE Typsa-Ayesa por parte de la Generalitat y al testimonio de un trabajador de una de estas firmas, que dijo que había trabajado en el proyecto antes de su adjudicación.

Sin embargo, el fiscal entiende que solo uno de estos contratos, por el que en junio de 2007 se abonaron 184.320 euros, se realizó antes del Decreto de Presidencia del 26 de marzo de ese mismo año que suponía el inicio administrativo de las gestiones para la realización del circuito.

Esa cantidad, en caso de haber sido malversada, no permitiría aplicar la modalidad de delito agravado, apunta el fiscal, que recuerda que "están proscritas las investigaciones generales o prospectivas", más aún cuando no se sustentan en ningún dato, como el aportado por el trabajador de la UTE.

En el escrito en el que rechazaba el sobreseimiento, la instructora entendía que el informe de la Intervención de la Generalitat -que concluía que no había habido perjuicio económico directo para esta Administración- no implicaba que no se hubiese podido producir un delito de malversación.

En respuesta a esta posición, el fiscal lamenta que no exista "mayor razonamiento" para "apartarse de la conclusión que informa la pericial" y que "tal valoración debería hacerse siguiendo las reglas de la sana crítica y expresando las razones que determinan la aceptación o no de las conclusiones".

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