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Condenados cinco miembros de Reconstrucción Comunista como grupo criminal

La Audiencia Nacional rechaza ilegalizar la formación marxista leninista, que envió a dos militantes a Siria a luchar contra el ISIS

Fernando J. Pérez
Fachada de la sede de la Audiencia Nacional.
Fachada de la sede de la Audiencia Nacional.luis sevillano

La Audiencia Nacional ha condenado a penas de entre seis meses y tres años y medio de prisión a cinco miembros de Reconstrucción Comunista (RC), un pequeño partido de ideología marxista leninista por delitos de pertenencia a grupo criminal y tenencia de armas prohibidas. Dos de los integrantes de esta formación de ultraizquierda, implantada en Madrid y Valencia, viajaron a Siria e Irak entre diciembre de 2014 y junio de 2015 para luchar contra el Estado Islámico. El tribunal absuelve a los acusados del delito de tenencia de explosivos, ya que las sustancias y elementos, como petardos, pilas, nitrato potásico y azúcar que la policía halló en su sede no estaban dispuestos ni bastaban para elaborar un artefacto.

El tribunal absuelve también al sexto acusado en el juicio, el ciudadano kurdo Nizzametin Gul, del delito de enaltecimiento del terrorismo de que estaba acusado. Gul había exhibido banderas del Partido de los Trabajadores del Kurdistán (PKK), formación considerada terrorista. Sin embargo, el tribunal considera que esta exhibición "no supone ninguan alarma social ni entraña alteración de la paz pública".

La Sección Primera de lo Penal de la Audiencia rechaza la petición de la fiscalía de ilegalizar Reconstrucción Comunista en aplicación de la Ley de Partidos Políticos. El tribunal afirma que el partido “se encuentra formalmente constituido” y considera que aunque sus integrantes, incluidos sus líderes, hayan cometido delitos y exhiban actitudes violentas, la responsabilidad no trasciende a la formación. “El partido político no consta que defienda en su ideario planteamientos violentos y debe considerarse ajeno a estos delitos”.

El partido marxista leninista Reconstrucción Comunista se creó en 2009 y se inscribió en el registro de partidos del Ministerio del Interior en 2014. A finales de ese año se buscaron voluntarios para desplazarse a Siria e integrarse en una de las unidades de protección del pueblo kurdo (YPG) para combatir al Estado Islámico. Para ello fueron seleccionados dos de los acusados, Álvaro Fernández y Pablo Díaz Ocampo, quienes viajaron a Siria y después a Irak, donde se integraron en una YPG. Allí recibieron adiestramiento militar y permanecieron hasta junio de 2015.

Entre 2014 y 2015 los acusados Roberto Vaquero, secretario general del partido, Carlos Javier del Val y Adrián Delgado asumieron que la defensa de sus ideas políticas requería el empleo de la fuerza y la violencia frente a las personas que no compartiesen su ideología o “incluso frente a aquellos militantes que quisiesen apartarse la línea política que ellos marcaban”. Para ello decidieron que era necesario disponer de armas blancas que les permitieran la confrontación con sus adversarios y adiestrarse en defensa personal.

Comienzan entonces, dice la sentencia, a proveerse de navajas, cuchillos y otros mecanismos de defensa y ataque y a salir siempre a la calle con ellos, “utilizándolos en cualquier concentración o acto en que se encontrasen a personas a las que consideraban adversarios políticos”. Añade que cuando los otros dos acusados regresaron de Siria los incorporaron a este grupo.

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La Sala subraya la cantidad de armas incautadas en los domicilios de los acusados cuando fueron detenidos en enero de 2016, entre ellas un machete, un hacha, numerosos cuchillos, dos catanas y una defensa extensible, entre otros efectos. Para los magistrados, el número de armas intervenidas, junto con las conversaciones que mantienen entre ellos, en las que se mencionan peleas, no son “fanfarronadas ni bravuconadas”.

“Los acusados tiene un cierto número de armas blancas, además de otros instrumentos, porque los están usando, convirtiendo lo que tendrían que ser focos de discusión política en enfrentamientos físicos violentos, donde las navajas sustituyen a las palabras”, explican los jueces, que apuntan que habían iniciado la vía del “uso de la violencia”. Agrega que los acusados se pusieron de acuerdo para protagonizar acciones violentas contra sus adversarios y que forman uno de los grupos de que desarrollan esa violencia.

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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