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Condenado El Solitario a 19 años de cárcel por un atraco en Castellón

El tribunal absuelve al ladrón del delito de tentativa de homicidio a dos agentes de policía

El Solitario durante el juicio, en Castellón.
El Solitario durante el juicio, en Castellón. Ángel Sánchez

La Audiencia de Castellón ha condenado a Jaime Giménez Arbe, conocido como El Solitario, a 19 años de prisión por el atraco el 10 de mayo del año 2000 a una sucursal bancaria situada en La Vall d’Uixó. La sentencia considera que cometió los delitos de robo con intimidación y atentado contra tres agentes de la Policía Local, pero le absuelve de dos delitos de homicidio en grado de tentativa y confirma la versión del atracador, que reconoció los hechos en el juicio pero negó que quisiera matar a los policías en su huida.

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Giménez Arbe atracó la sucursal de la Caja Rural San Isidro, pero los empleados activaron la alarma y en su huida se produjo un intenso intercambio de disparos con la Policía Local. En la refriega murió el agente Manuel Ferrandis y resultaron heridos, de diversa consideración, tres agentes más. Una sentencia de 2004 concluyó que el cabo Ferrandis murió por disparos de un compañero en el fuego cruzado y el auto conocido este viernes absuelve también a El Solitario de querer matar a los agentes.

En este punto, el tribunal alega que no dispone de un informe técnico "que clarifique el riesgo atendidas las circunstancias del disparo" y no aprecia la intención de matar en los actos realizados por Giménez Arbe. Aunque asume que el atracador disparó primero cuando los policías le dieron el alto, también relata que "Giménez caminó hacia los agentes durante 50 ó 60 metros, sin revelar intención de dispararles, y es tras recibir el alto cuando saca su pistola y dispara a las piernas de los agentes, concretamente un solo disparo a cada uno de ellos en una zona en la que no se alojan órganos vitales".

Además de corroborar su versión, la sala también estima la atenuante de las dilaciones indebidas ocurridas en la tramitación del proceso judicial. Las armas incautadas en la detención de Giménez Arbe en Figuera da Foz en julio de 2000 y en el registro de su casa en Las Rozas y de una nave industrial en Pinto permitió identificar como autor del atraco en La Vall d’Uixó siete años después de los hechos. Hasta la fecha, la investigación no había podido esclarecer quien cometió el robo y el caso se instruyó durante otros siete años más en el saturado Juzgado de Primera Instancia y de Instrucción número 1 de Nules.

La sentencia, en cambio, difiere en la versión de Giménez Arbe en cuanto al dinero recabado en el atraco. El Solitario salió del banco con un botín de 3.398.000 pesetas, pero en el intercambio de disparos se le abrió el maletín en el que lo guardaba y esparció por la calle casi todo el dinero. La Guardia Civil recuperó 3.113.000 pesetas. El atracador declaró perdió todo el botín y que el dinero restante lo habían recogido del suelo los vecinos "en una actitud incívica", pero la sala considera que guardó en el maletín 285.000 pesetas. La sala estima que la acción de salir de la sucursal "libremente y desplazarse durante una cierta distancia" con el dinero en su poder consuma el atraco ya que "resulta evidente que solo puede perderse lo que se tiene".

Así mismo, sobre quién disparó al policía que cogió un todoterreno particular y siguió al atracador en medio del tiroteo, el tribunal considera que fue Giménez Arbe, otro punto que el atracador niega. La sentencia estima que "la secuencia de los hechos sitúa al acusado delante del todoterreno granate a la izquierda en su sentido de la circulación, una posición compatible con el disparo".

En definitiva, la sentencia condena a Jaime Giménez Arbe a 19 años de prisión y a pagar más de 400.000 euros en indemnizaciones por un delito de robo con intimidación, un delito de atentado a agentes de la autoridad en concurso ideal de tentativa de homicidio y dos delitos de atentado contra agentes de la autoridad en concurso con un delito de lesiones. En el fallo, el tribunal estima el agravante de disfraz y la atenuante de dilaciones indebidas.

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