Gómez Benítez `autor´ de la prisión permanente revisable
El exvocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), José Manuel Gómez Benítez, incorporado en las últimas horas por Pablo Iglesias a su lista para las elecciones primarias del Congreso del partido Podemos, presentó la enmienda favorable a la prisión permanente revisable del nuevo Código Penal en el pleno extraordinario celebrado el 16 de enero de 2013.
Al planteamiento del informe de la ponencia, a cargo de la entonces vocal Margarita Robles, que consideraba inconstitucional la propuesta del anteproyecto del ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, el catedrático de Derecho Penal Gómez Benitez opuso la enmienda que consideró la prisión permanente revisable conforme al artículo 25.2 de la Constitución Española. La votación, tras un debate, resultó favorable a la enmienda por 15 votos contra 6, firmando estos últimos vocales un voto particular. Esa redacción propuesta por la mayoría del CGPJ es la que figura en el Código Penal, en vigor desde el pasado 1 de julio.
La propuesta de la ponente era considerar contraria al artículo 25.2 de la Constitución Española la iniciativa de prisión permanente revisable. El artículo establece:
Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados. El condenado a pena de prisión que estuviere cumpliendo la misma gozará de los derechos fundamentales de este Capítulo, a excepción de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la Ley penitenciaria. En todo caso, tendrá derecho a un trabajo remunerado y a los beneficios correspondientes de la Seguridad Social, así como al acceso a la cultura y al desarrollo integral de su personalidad.
La ponencia, pues, sostenía que la privación de libertad no podía ser el objetivo sino el medio para conseguir la reinserción social.
Según el acta del pleno extraordinario, el vocal Gómez Benítez intervino después de la ponente, Margarita Robles.
Gómez Benítez, el único abogado penalista del CGPJ, cuestionó el informe y propuso a continuación una enmienda alternativa. He aquí su exposición:
En relación artículo 25 de la Constitución, el segundo apartado de este artículo recoge la reeducación. El derecho penitenciario ha desarrollado elementos con los permisos salida, la proyección de grado, la posibilidad de libertad condicional y la posibilidad de suspensión de ejecución de las penas en este marco. El anteproyecto [del Gobierno] sometido a informe se muestra respetuoso con esos fines y mecanismos en la prisión permanente revisable y le aplica la totalidad de esas previsiones. Las penas responden a fines distintos en sus diferentes fases, también en la de cumplimiento. Y los principios constitucionales de reinserción no fuerzan la libertad de los condenados en cuanto se les considera resocializados. Y la prisión permanente revisaba no excluye el acceso a esa reinserción. Sería inconstitucional una pena de prisión perpetua que bloquease por completo la posibilidad de reinserción o de acceso a la libertad, pero no es éste el caso del anteproyecto y no es óbice para ello el hecho de que el penado no ofrezca el perfil de reinserción en un momento dado. La administración penitenciaria tuvo que ofrecerle la posibilidad de reinserción y de ahí que la afirmación correcta del informe con relación a esta pena sería que el anteproyecto no ignora el mandato del art 25.2 de la Constitución. Considera que el CGPJ no debe hacer sustituciones político-criminales y si bien existen otras fórmulas que cabría aceptar que podrían ser de mayor acierto, no nos corresponde proponerlas sino comentar desde el punto de vista técnico-constitucional el texto que se somete a nuestro informe. Y por ello la prisión permanente revisable prevista en el anteproyecto no sería contraria al artículo 25.2 de la Constitución"
El acta puntualiza que Gómez Benítez "propone la supresión" de la posición que contiene el informe de la ponencia "y su sustitución por el texto al que da lectura en este instante".
La convicción de Gómez Benítez es tal que exhorta a los miembros del CGPJ. Dice que el CGPJ "no debe hacer sustituciones político-criminales". Se debe en cambio limitar "a comentar desde el punto de vista técnico-constitucional el texto que se somete a nuestro informe".
La vocal Concepción Espejel, actual presidenta de la sección segunda de lo Penal de la Audiencia Nacional, habló a continuación del catedrático de Derecho Penal.
"Se muestra de acuerdo con la enmienda defendida por don José Manuel Gómez Benítez y afirma que ya lo sostuvo así en la comisión por entender que con la prisión permanente revisable no se afecta el artículo 25.2 de la Constitución".
Así, la enmienda Gómez Benítez es el texto que finalmente consagra el Código Penal en relación con la prisión permanente revisable y que ha salido adelante en las cámaras solo con los votos del Partido Popular.
La mayoría de las fuerzas políticas ha presentado recursos de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional contra la prisión permanente revisable por violar el artículo 25.2 sobre la reinserción social.
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