¿Decidirá la cuestión procesal el auto de Aguirre?
Esperanza Aguirre ha apuntado en la entrevista con La Sexta Noche, al ser preguntada por la decisión que van a notificar los magistrados de la Audiencia Provincial de Madrid en las próximas horas, que no espera ir al banquillo.
“En el banquillo espero que no. Ya se ha investigado como delito [desobediencia] y se ha archivado del todo. Ahora puede ser que digan que es falta”, señaló. “Pero la falta ya no es el banquillo. Lo que dice la Fiscalía es que es falta...aunque, en fin, no hay que descartar nada”.
El recurso de la fiscal Marta A. Jainaga Álvarez contra el archivo, en efecto, es fiel a la posición que en su día expuso el fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Manuel Moix: el incidente de la Gran Vía madrileña no es delito sino falta. Así se califica ahora a los delitos menores, lo que cambiará con la entrada en vigor del nuevo Código Penal, en julio, que elimina las faltas. Todos serán delitos.
Pero hay otro recurso al que Aguirre no ha hecho referencia. Es el recurso del agente de movilidad en el que se apela a la Audiencia para que reabra el caso por delito, el de desobediencia grave, en línea con el auto de la Audiencia Provincial de Madrid del pasado 5 de septiembre de 2014.
Tanto el abogado de Aguirre como la fiscal tienen una posición común en relación al agente de movilidad: no tiene legitimidad para estar personado en la causa. Piden, pues, que se le expulse del procedimiento.
Ya se lo solicitaron al juez instructor, Carlos Valle, pero éste no se pronunció al respecto.
El agente actúa como acusación particular, es decir, directamente perjudicado. ¿Por qué? Por una razón: porque al abandonar la Gran Vía con su vehículo, Esperanza Aguirre dio contra la moto del agente y, según ha expuesto éste, al caer sobre él le provocó una lesión.
Por ello el agente se presenta como directamente perjudicado, es decir, como acusación particular. Para fundamentar su posición, la letrada del agente, Esther Macías, presentó partes médicos y y permisos de baja laboral.
Los asuntos procesales ya se plantearon en esta causa desde el comienzo de la instrucción.
En el auto del 5 de septiembre, el magistrado de la sección sexta de la Audiencia de Madrid, Julián Abad Crespo, en calidad de tribunal unipersonal, desestimó la pretensión de Esperanza Aguirre de anular la acusación popular. Esta había recurrido la primera decisión de archivo del juez Valle. Y señaló que precisamente en este delito de desobediencia donde se desafía un bien público (la autoridad) la acusación popular tiene un papel impulsor ya que no se contempla la existencia de una acusación particular.
Precisamente, en aquellos días había una acusación popular, que es la que recurrió la primera decisión del juez Valle de canalizar el asunto por juicio de faltas. La asociación Transparencia y Justicia representaba a la acusación popular. Era una asociación peculiar a tal punto que es un instrumento del comisario Pepe Villarejo (foto que abre esta entrada). Cuando le interesa un asunto por motivos inconfesables aparece de la misma manera que también desaparece por motivos no menos inconfesables.
Pero el caso es que tenemos una acusación particular en esta causa: la del agente de movilidad. El forense que examinó al agente advirtió una lesión pero no pudo determinar si se debía a un golpe ocasionado por la caída de la moto. En cualquier caso, el juez Valle no le expulsó de la causa como pedía Esperanza Aguirre y la fiscal Jainaga Álvarez. Y el auto recurrido no va sobre la personación de la acusación particular sino sobre el "incidente" de la Gran Vía.
Dado que el agente está personado como acusación particular y que la acusación popular Transparencia y Justicia se ha esfumado, ¿decidirán los magistrados Pedro J. Rodríguez, presidente de la sección sexta, Francisco J. Serrano y María Almudena Álvarez, ponente, admitir la anulación de dicha personación como piden la fiscal y Esperanza Aguirre, una petición que al tiempo eliminaría el recurso de apelación, el único que ha solicitado seguir la instrucción por delito de desobediencia? ¿Y aceptarán, por tanto, el recurso de la fiscal que pide falta?
¿Será la aplicación de muerto el perro se acabó la rabia?
Es decir: expulsado el agente de movilidad de la causa con él queda eliminado el recurso de apelación.
Una solución de este tipo nos aportaría la explicación retrospectiva de por qué David Macías, socio de Villarejo, en Transparencia y Justicia y otros negocios, dio por terminado su contrato con Luis Gerez, el abogado que consiguió reabrir la causa por el delito de desobediencia el 5 de septiembre de 2014, inmediatamente después de su victoria. Transparencia y Justicia hizo mutis por el foro dejando huérfano de acusación popular a un procedimiento en el que esa figura procesal juega un papel determinante (doctrina Atutxa)
http://blogs.elpais.com/analitica/2015/03/transparencia-y-justicia-ante-el-caso-aguirre.html
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