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Mourinho pierde la demanda contra Carlos Boyero y EL PAÍS

El periodista llamó "nazi portugués" al entrenador tras la agresión de este a Tito Vilanova El tribunal estima que el término fue utilizado de manera "metafórica" La Audiencia de Madrid revoca la condena a 6.000 euros al crítico cinematográfico

La Audiencia de Madrid ha anulado la condena que impuso un juzgado de primera instancia al periodista Carlos Boyero por haber llamado "nazi portugués" a José Mourinho durante una entrevista digital en EL PAÍS. La sentencia de la Sala Duodécima de lo Civil considera que al utilizar la expresión "nazi" el crítico cinematográfico no quiso decir que el entonces técnico del Real Madrid perteneciese a un partido nacionalsocialista, sino que en su trabajo como entrenador es "proclive a la conflictividad y el enfrentamiento, propiciando con ello situaciones de tensión deportiva".

La entrevista se produjo al día siguiente de que Mourinho metiese un dedo en el ojo a Tito Vilanova, ayudante de Pep Guardiola en el Barcelona, durante el partido de la Supercopa entre el Barça y el Madrid, el 18 de agosto de 2011.

Boyero respondía durante la entrevista digital en elpais.com a la siguiente pregunta, formulada por un lector que se identificaba como LuisB:

“Bienvenido de sus vacaciones Mr. Charles. ¿No cree que a Mourinho se le debería expulsar ya del Madrid?. Este hombre es un peligro que excede los límites del fútbol. Ha destrozado la Selección Española, ha ensuciado el pedigree del Real. Ha trastornado a Casillas, Pepe, Ramos, Ozil. Es ya un problema político”.

La respuesta fue:

“Yes. Anoche Guardiola avisó, con motivos, de que si el panorama sigue así, puede ocurrir algo peligroso fuera del campo. No creo que haya trastornos en Pepe y Ramos. Es su naturaleza. Pero si con Casillas y con Özil. Es muy fuerte que tengan que buscar continuamente coartadas obscenas para justificar la derrota ante los mejores. Mourinho es un individuo muy peligroso. Y conoce la metodología para sacar lo peor de la gente. Efectivamente, el fútbol puede ser un deporte practicado mayoritariamente por hombres. No por bestias. Es lo que pretende el nazi portugués”.

La sentencia de la Audiencia subraya que el término nazi se utiliza "en el seno de una polémica de carácter estrictamente deportivo (...) relativa a la actuación del actor [Mourinho] como entrenador de fútbol", en la que Boyero "no hace alusión, ni implícita ni explícita, a la ideología política del demandante o a cuestiones de tal carácter que pudieran sugerir o implicar la adscripción o afinidad del actor a la ideología política que encarna el termino nazi, ni tampoco a su posible pertenencia a una asociación ilícita de las previstas en el artículo 515.5 del Código Penal".

El tribunal entra incluso a valorar el proceder habitual del actual entrenador del Chelsea, al interpretar que lo que Boyero decía en la entrevista es que Mourinho "es persona que busca la confrontación como coartada para justificar la derrota, y la influencia que su personalidad y conducta provoca en dos jugadores del Real Madrid (Casillas y Özil), llevándolos a una conflictividad que, a juicio del demandado, no es propia de ellos. Viene a indicar igualmente que con su conducta pretende el demandante que el fútbol se practique por bestias y no por hombres".

Es más, según se lee en el fallo, el entrenador, en la visión del periodista, "pretende que el deporte del fútbol se practique en un ambiente de confrontación personal, comportamiento que, a su juicio, contradice el que el fútbol sea un deporte practicado mayoritariamente por hombres y no por bestias". Por lo tanto, el término "nazi portugués" pretendía, según la sala, "dar énfasis a los aspectos negativos que el demandado considera posee la personalidad y conducta del actor en el ámbito futbolístico".

No obstante, destaca que el término es "claramente peyorativo y formalmente denigrante, dado que su utilización pretende denotar una conducta radical y despiadada del demandante", aunque al no pretender vincular a Mourinho con los partidos nacionalsindicalista es "una afrenta de inferior consideración".

El tribunal, por tanto, revoca la condena del Juzgado de Primera Instancia número 53 de Madrid a pagar 6.000 euros a Mourinho y absuelve tanto a Boyero como a EL PAÍS.

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