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El Supremo informa en contra del indulto al expresidente balear Jaume Matas

El tribunal destaca el rechazo social que causan los delitos de corrupción

María Fabra
Jaume Matas, tras prestar declaración en mayo de 2013.
Jaume Matas, tras prestar declaración en mayo de 2013.Claudio Álvarez

El rechazo social que provocan los delitos relacionados con la corrupción política es uno de los elementos que ha valorado el Tribunal Supremo para informar, de forma desfavorable, a la solicitud de indulto del expresidente de Baleares, Jaume Matas (PP). El también exministro de Medio Ambiente con Aznar fue condenado a nueve meses de cárcel por un delito de tráfico de influencias y quiere eludir el ingreso en prisión.

El tribunal considera que en la petición no concurren las causas de equidad y justicia que exige la Ley de Indulto para considerar la medida de gracia. El Supremo se ha opuesto así a la petición de Matas con los mismos argumentos que planteó la fiscalía, que también destacó que, al margen de que no se cumplían los requisitos que exige la ley, la concesión de privilegios a condenados por corrupción provoca la censura de la sociedad.

Según fuentes del Supremo, el tribunal expone su postura contraria “dada la proporcionalidad entre la pena impuesta y los hechos por los que ha sido condenado y ante la ausencia de razones de equidad o justicia”.

El expresidente balear presentó la solicitud de indulto para evitar que se ejecutara la condena de prisión ya que, habitualmente, el tribunal que le condenó en primera instancia, la Audiencia de Palma, suspende el cumplimiento de las penas cuando se inicia este trámite. La solicitud, una vez ha informado el Supremo (tribunal que confirmó la condena), queda pendiente de la decisión del Gobierno, que es el que ostenta esta competencia.

En marzo de 2012, la Audiencia provincial de Palma condenó a Matas a seis años de cárcel por la comisión de seis delitos: falsedad en documento oficial, fraude a la Administración, falsedad en documento mercantil, prevaricación, malversación y tráfico de influencias. El Supremo redujo en 2013 la condena a nueve meses de cárcel por un delito de tráfico de influencias cometido al beneficiar con dinero público al periodista de El Mundo Antonio Alemany, para que le asesorara y escribiera sus discursos entre 2003 y 2007. Lo hizo saltándose, además, el procedimiento de contratación reglado.

Pese a que las penas de menos de dos años no suelen suponer el ingreso en prisión de los condenados que no tienen antecedentes, como era el caso de Matas, la Audiencia de Palma se negó a que se conmutara la condena por una multa y requirió su ingreso en prisión.

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