El fisco no puede prescindir de la riqueza
La historia del impuesto sobre el patrimonio ha estado siempre unida a la controversia. Se le tacha de injusto y lesivo para el ahorro, la inversión, la acumulación de capital, etcétera. A pesar de estas posturas, lo cierto es que existe escasa evidencia empírica de sus efectos reales. En España, las decisiones tomadas acerca de la imposición personal sobre la riqueza (supresión del impuesto sobre el patrimonio y no aplicación real del impuesto sobre sucesiones y donaciones para los herederos más próximos) han tenido un marcado carácter político. Es importante recordar, en este sentido, una de las principales características de los impuestos: gravar a los contribuyentes atendiendo a su capacidad de pago. Tradicionalmente, la teoría de la Hacienda pública menciona al menos tres indicadores de dicha capacidad: la renta, el consumo y la riqueza, que ha sido considerada históricamente una buena base tributaria. Desde el punto de vista de la equidad, gravar la riqueza personal sigue estando plenamente vigente en el siglo XXI, debido a que subsisten niveles de concentración de la riqueza muy elevados y con una tendencia al alza preocupante, situación agravada por la crisis económica.
Actualmente existen problemas sociales que hacen difícil prescindir casi totalmente de la riqueza personal como base tributaria directa y, en España, lo hemos hecho. Es difícil encontrar en Europa países en esta misma situación. En este sentido, es importante reconsiderar, de forma seria, el papel que podría jugar el impuesto sobre el patrimonio y el impuesto sobre sucesiones en nuestro sistema impositivo. Se debería plantear una reforma profunda de estos impuestos, actualmente con defectos técnicos muy importantes, y evaluar sus posibles impactos en la equidad y la eficiencia, al margen de precipitaciones. Los impuestos sirven para algo más que recaudar. No hay buenos y malos impuestos, todo depende de su configuración técnica, y no parece sensato un rechazo radical de la riqueza personal como base tributaria.
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