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Pagar dos veces sí, pero por realidades distintas

Los expertos critican las deficiencias del recién restaurado impuesto de patrimonio El sistema fiscal está plagado de dobles imposiciones Renta y riqueza son conceptos diferentes

Lucía Abellán

Un anillo de brillantes, una residencia de verano o un paquete de acciones constituyen diversas muestras de riqueza que para Hacienda responden a un único concepto: patrimonio. La restauración de este tributo, suspendido del mapa fiscal español en 2008, aviva la idea de que los más favorecidos deben contribuir a aliviar la maltrecha salud de las cuentas públicas, pero también desentierra el arsenal crítico hacia un impuesto lleno de deficiencias. De entre todos los reproches, el más general alude a la doble tributación. Si un ciudadano ya ha pagado impuestos por la renta (o la herencia) que le ha permitido conformar su riqueza, ¿por qué ha de tributar de nuevo? La mayor parte de los expertos consultados responde rotundamente: en primer lugar, renta y riqueza son realidades impositivas distintas; en segundo, el sistema fiscal está plagado de dobles imposiciones.

“Los Gobiernos utilizan mucho elementos de imposición: el consumo, la renta, el ahorro y también sobre la riqueza. Lo relevante aquí es: ¿cuál es el coste de reducir la imposición sobre la riqueza? Tenemos que asegurarnos de que, en medio de la peor crisis financiera que ha existido, los ciudadanos consideren justas las decisiones fiscales”, explica desde su oficina en París Jeffrey Owens, director del Centro de Política y Administración Fiscal de la OCDE, una organización poco sospechosa de demagogia fiscal.

A mediados de los noventa lo tenían 13 países europeos: ahora son cuatro

En el caso de España, la pregunta sobre el coste tiene una respuesta clara: el impuesto de patrimonio recaudó 2.121 millones en 2007. Esa cantidad, a la que se renunció desde el año siguiente, representa un 40% más de lo que el Estado ahorró congelando la mayor parte de las pensiones en 2011. Tras tres ejercicios en el limbo, el Congreso aprueba hoy la reimplantación del impuesto de patrimonio, en principio solo para 2011 y 2012.

La OCDE, que aglutina a los 30 países más ricos del mundo, ha elaborado un reciente informe favorable a este tipo de impuestos por razones de equidad pero también por eficiencia económica (producen menos distorsiones que otros). Owens, responsable del informe, detecta “un paso atrás de los Gobiernos” en el abandono progresivo de esta figura durante los últimos 15 años. El documento admite, eso sí, que el gravamen sobre la riqueza aporta poco a los países que la aplican (menos de un 2% del PIB) pero lo defiende como un mecanismo para fomentar la igualdad de oportunidades.

“El argumento de la doble imposición es antiguo, pero no hay muchos economistas que lo compren ya, en parte porque ahora se puede acumular mucha riqueza sin pagar mucho por los ingresos que la generaron”, argumenta Vito Tanzi, exdirector de Asuntos Fiscales del Fondo Monetario Internacional (FMI). Porque, estrictamente hablando, existe una única fuente de recursos, la renta, que luego se transforma en todos los demás. El dinero destinado al consumo ya fue gravado en el IRPF y, por tanto, aplicar el IVA constituye también una doble imposición. Algo similar ocurre con las herencias o las transmisiones patrimoniales. “El sistema fiscal está lleno de dobles, incluso de triples imposiciones. No me parece una crítica seria; es más bien una postura ideológica”, concluye Francisco de la Torre, secretario de la Organización de Inspectores de Hacienda del Estado, que aporta un ejemplo claro: los carburantes abonan impuestos especiales y a continuación el IVA grava con un 18% el coste del producto, incluido el impuesto especial.

Solo grava la riqueza improductiva pues la empresarial queda exenta

Resulta difícil comparar el impuesto de patrimonio español con otros del entorno de la OCDE. Lo que España grava en un mismo tributo, otros países lo diseminan en varias figuras: propiedad inmobiliaria, activos netos, resto de patrimonio... Es cierto que esas figuras han ido desapareciendo de la geografía fiscal, pero también lo es que casi todos los países hacen tributar la herencia y en España la competencia fiscal entre comunidades prácticamente ha desterrado el tributo de sucesiones. En 1995, 13 países europeos gravaban el activo neto, el concepto más aproximado a la norma española de patrimonio. En 2010 solo quedaban tres: Francia, Noruega y Suiza, según el citado informe de la OCDE. Ahora España se suma a la lista, aunque con una figura desfasada y con numerosas vías de agua, como critican los expertos consultados.

Uno de los más combativos con el impuesto —también de los más conocedores— es José María Durán, profesor de la Universidad de Barcelona e investigador del Instituto de Economía de Barcelona. Este experto en fiscalidad considera que el tributo resulta injusto por dos motivos fundamentales. El primero es la valoración de los activos. La vivienda habitual está, en buena medida, exenta, al excluirse los primeros 300.000 euros que se abonen por ella. Pero un inmueble adquirido en 2006 por 500.000 euros puede ahora valer mucho menos. Y, sin embargo, el contribuyente deberá tributar por él si su valor de compra supera al catastral, como sucede con casi todas las adquisiciones recientes. “Debería haber una valoración común para todo”, propone Durán.

Más difícil aun resulta la valoración de obras de arte, joyas y elementos similares. Y sobre todo la inspección. ¿Qué rastro deja este tipo de bienes? Francia deja fuera de los pagos por patrimonio estos elementos para evitar inspecciones difíciles de realizar sin invadir la esfera privada del contribuyente.

La segunda tacha que el profesor de la Universidad de Barcelona atribuye al impuesto radica en la facilidad que tienen las grandes fortunas para eludirlo. Desde 1994 se establecieron exenciones fiscales al patrimonio empresarial para no penalizar la actividad productiva. En aquel momento, las exenciones dejaban escapar al 21% de los patrimonios. En 2007, último año de declaración del tributo, el porcentaje alcanzaba el 70%. “Las grandes fortunas están todas relacionadas con la empresa. Son las que disponen de los medios para hacer ver que hay una sociedad detrás”, explica José María Durán.

Se llegó a recaudar más de lo que ahora congelando pensiones

Un consultor empresarial que pide anonimato corrobora esta tesis al explicar que mantener una estructura de ese tipo, que permita camuflar la fortuna como patrimonio empresarial, es costoso, por lo que solo se lo permiten los patrimonios elevados. El resultado es que el impuesto recae en los patrimonios medios.

Otra forma de esquivar a Hacienda consiste en explotar la norma que impide que un contribuyente abone por IRPF y patrimonio más del 60% de su base imponible en renta. Si se tiene la capacidad de fijarse un sueldo de, por ejemplo, 10.000 euros anuales, aunque sean ficticios, el pago conjunto de IRPF y patrimonio, por mucha riqueza que acumule la persona, no podrá superar los 6.000 euros. Ambos tributos se declaraban juntos hasta que se suspendió el de patrimonio.

Un vistazo a las cifras da idea del fraude. Francisco de la Torre lo resume con este ejemplo: en el último año de declaración, solo el 5% de los contribuyentes de renta declaraba tener patrimonio. Y eso en un ejercicio en el que el mínimo exento no eran los 700.000 euros que regirán con la recuperación de esta figura, sino algo más de 100.000 euros (salvo en algunas comunidades que lo habían subido). “¿Es que solo ese porcentaje de contribuyentes tenía más de 100.000 euros de patrimonio?”, se pregunta el representante de los inspectores.

La cesión a las autonomías ha perjudicado el control del fraude

La cesión a las comunidades ha ido en detrimento del control del fraude. Porque la Administración central, la que más medios tiene para indagar, era —y será— la encargada de recaudarlo, pero no revierte en sus propias arcas, lo que desincentiva la búsqueda.

Más allá de los bienes que grava y su forma de hacerlo, una de las críticas más unánimes al tributo se refiere a los tipos aplicables. Las cantidades que excedan de 700.000 euros se gravarán en ocho tramos, con tipos que van desde el 0,20% al 2,5%. “En 1991, la rentabilidad del dinero era del 15%, por lo que un 2,5% podía tener sentido. Pero ahora ese porcentaje se come una gran parte de la rentabilidad”, argumenta David Jiménez Mouriz, experto en Planificación Patrimonial de Ernst & Young Abogados. Es el profesional que más claramente se manifiesta sobre cualquier tipo de impuesto de patrimonio, pues “castiga al ahorrador”.

No lo ven del mismo modo los asesores fiscales. El REAF, que aglutina a buena parte del colectivo, recuerda que el impuesto persigue gravar los patrimonios improductivos, ya que los ligados a la empresa están exentos. “Lo que se busca es que el patrimonio que esté en empresas productivas no tribute y que el resto sí tenga que pagar”, aclara Jesús Sanmartín, presidente de este organismo. Sobre el debate de si supone gravar dos veces el mismo hecho imponible, Sanmartín se muestra pragmático: “Los impuestos están para recaudar”. Y recuerda que con la elevación del mínimo exento quedan fuera gran parte de quienes lo pagaban anteriormente.

Al final, cualquier subida de impuestos recae sobre un colectivo más o menos definido. Si se opta por el consumo, las más perjudicadas son las clases bajas, que consumen casi todo lo que ingresan porque no les queda para mucho más. Si se incide sobre el ahorro, el peso recaerá en los más acaudalados, capaces de generar ese ahorro.

El fisco no puede prescindir de la riqueza

La historia del impuesto sobre el patrimonio ha estado siempre unida a la controversia. Se le tacha de injusto y lesivo para el ahorro, la inversión, la acumulación de capital, etcétera. A pesar de estas posturas, lo cierto es que existe escasa evidencia empírica de sus efectos reales. En España, las decisiones tomadas acerca de la imposición personal sobre la riqueza (supresión del impuesto sobre el patrimonio y no aplicación real del impuesto sobre sucesiones y donaciones para los herederos más próximos) han tenido un marcado carácter político. Es importante recordar, en este sentido, una de las principales características de los impuestos: gravar a los contribuyentes atendiendo a su capacidad de pago. Tradicionalmente, la teoría de la Hacienda pública menciona al menos tres indicadores de dicha capacidad: la renta, el consumo y la riqueza, que ha sido considerada históricamente una buena base tributaria. Desde el punto de vista de la equidad, gravar la riqueza personal sigue estando plenamente vigente en el siglo XXI, debido a que subsisten niveles de concentración de la riqueza muy elevados y con una tendencia al alza preocupante, situación agravada por la crisis económica.

Actualmente existen problemas sociales que hacen difícil prescindir casi totalmente de la riqueza personal como base tributaria directa y, en España, lo hemos hecho. Es difícil encontrar en Europa países en esta misma situación. En este sentido, es importante reconsiderar, de forma seria, el papel que podría jugar el impuesto sobre el patrimonio y el impuesto sobre sucesiones en nuestro sistema impositivo. Se debería plantear una reforma profunda de estos impuestos, actualmente con defectos técnicos muy importantes, y evaluar sus posibles impactos en la equidad y la eficiencia, al margen de precipitaciones. Los impuestos sirven para algo más que recaudar. No hay buenos y malos impuestos, todo depende de su configuración técnica, y no parece sensato un rechazo radical de la riqueza personal como base tributaria.

Laura de Pablos es catedrática de Economía Aplicada de la Universidad Complutense de Madrid.

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Sobre la firma

Lucía Abellán
La redactora jefa de Internacional de EL PAÍS ha desarrollado casi toda su carrera profesional en este diario. Comenzó en 1999 en la sección de Economía, donde se especializó en mercado laboral y fiscalidad. Entre 2012 y 2018 fue corresponsal en Bruselas y posteriormente corresponsal diplomática adscrita a la sección de España.

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