El Supremo acepta la recusación de los cinco jueces pedida por Garzón
La sala del 61 acepta la petición del juez y aparta a los magistrados del proceso contra él por investigar los crímenes del franquismo
La Sala especial del artículo 61 del Tribunal Supremo ha aceptado la recusación de cinco de los siete magistrados de la Sala de lo Penal del alto tribunal que iban a juzgar al juez Baltasar Garzón por investigar los crímenes del franquismo. Es la primera vez que se acepta apartar a tantos jueces del conocimiento de un proceso.
El ponente de la resolución, Ángel Calderón, presidente de la Sala de lo militar, ha quedado en minoría y ha anunciado que formulará voto particular contrario a la recusación solicitada por el magistrado de la Audiencia Nacional, actualmente en suspensión cautelar de sus funciones. La ponencia pasará a manos del presidente de la Sala de lo Social, Gonzalo Moliner Tamborero. De momento se desconoce los votos a favor y en contra.
La decisión de la Sala del 61 implica que no podrán juzgar a Garzón el presidente de la Sala de lo Penal, Juan Saavedra, el ponente inicial, Adolfo Prego, Juan Ramón Berdugo, Francisco Monterde y Joaquín Giménez García. Este último fue el único que dijo sentirse "contaminado" y se abstuvo por entender que la sala debía "no solo ser imparcial, sino también aparentarlo".
La Fiscalía del Supremo siempre ha apoyado la recusación pedida por Garzón, la última vez fue el pasado 31 de mayo. En su petición, redactada por Gonzalo Martínez Fresneda, el juez solicitaba que se apartara a los cinco magistrados por entender que su intervención en varios momentos de la instrucción -en la admisión de la querella y en diligencias previas de instrucción- los inhabilitaba para juzgarle con la suficiente imparcialidad.
Es la primera vez que el Supremo acepta apartar a tantos jueces del conocimiento de un proceso
En octubre de 2008, el juez Garzón se declaró competente para investigar la desaparición de las víctimas del franquismo. En su auto, el magistrado acusó de un delito de crímenes contra la humanidad al dictador Francisco Franco y a otros 34 militares que participaron en la rebelión contra el Gobierno de la República, por haber ideado y perpetrado un plan de exterminio y represión sistemática de sus oponentes que terminó con al menos 114.266 desaparecidos, de los que no se ha dado razón de su paradero. Garzón se inhibió del caso un mes después por considerar competentes a los juzgados territoriales, ya que al haber fallecido los implicados, se había extinguido la responsabilidad penal.
En octubre de 2008, el juez Garzón se declaró competente para investigar la desaparición de las víctimas del franquismo
El fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, acusó al magistrado de abrir una "causa general" contra el franquismo y pidió la nulidad de la investigación por entender que se estaban juzgando hechos que ya habían prescrito y que habían sido perdonados por la Ley de Amnistía de 1977. Un año después, en mayo de 2009, el Tribunal Supremo admitió la querella presentada por el sindicato ultraderechista Manos Limpias, en la que se acusaba al juez de prevaricación por excederse en sus competencias en la investigación del franquismo. Posteriormente, se admitieron otras dos querellas interpuestas por Libertad e Identidad y Falange Española de las JONS.
El juez instructor del caso, Luciano Varela, a quien también recusó, ordenó en mayo de 2010 la apertura de juicio oral contra él. Esta decisión implicó la obligada suspensión cautelar por parte del Consejo General del Poder Judicial que, sin embargo, sí autorizó su traslado durante siete meses al Tribunal Penal Internacional, una petición que Garzón había solicitado una semana antes.
Garzón tiene pendientes otros dos procesos, las escuchas del caso Gürtel, por las que también ha sido suspendido cauterlarmente, y el pago de unas facturas por los cursos que impartió entre 2005 y 2006 en la Universidad de Nueva York.
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