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Cómo funcionan unas primarias

Todas las claves y los requisitos para la presentación y la elección de candidatos en el PSOE

Los estatutos del PSOE dictan que cualquier militante tiene derecho a ser candidato en los procesos electorales internos, "sin veto o reparo alguno que suponga discriminación o ventaja".

Es competencia del Comité Federal designar al candidato a Presidente del Gobierno, convocar primarias y aprobar el censo, a propuesta de la Comisión Ejecutiva.

El Comité Federal se reúne al menos dos veces al año, convocado por la Comisión Ejecutiva, o con carácter extraordinario a petición de esta o de un tercio de sus componentes. La sesión ordinaria debe fijarse con 20 días de antelación; la extraordinaria, "con la urgencia que requiera el caso". Los estatutos se desarrollan en varios reglamentos, entre los cuales se encuentra la normativa reguladora de cargos públicos.

Este texto marca como principios para la elaboración de candidaturas electorales "la gradual renovación generacional", "la representatividad y proyección social de los candidatos" y "la estimación del potencial de actividad futura".

La selección de candidatos por un procedimiento previo "de primarias" se aplicará a la selección del aspirante a la Presidencia del Gobierno, entre otros procesos.

Los electores serán los afiliados y afiliadas inscritos en el censo. Su actualización y verificación corresponde a la Comisión Ejecutiva; se dará por "cerrado en la fecha que fije el órgano competente".

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Podrán proponer candidato "la Comisión Ejecutiva Federal (por mayoría de sus 32 miembros), el aval del Comité Federal y el 10% de los 220.000 militantes", es decir 22.000.

Las propuestas se presentarán a la Comisión de Garantías Electorales Federal, dentro de un plazo mínimo de 15 días y máximo de 20. Esta, "tras comprobar el cumplimiento de los requisitos, proclamará aspirantes a la candidatura" y abrirá el proceso. Contra este acuerdo cabrá recurso en 48 horas". Su resolución será definitiva.

 

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