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Indemnizaciones a jueces y permiso para que puedan litigar tras dejar el cargo: los cambios a la reforma judicial

Los diputados aprueban algunas modificaciones que suavizan el proyecto de López Obrador, que este miércoles se vota en el Senado

Diputados del bloque oficialista votan durante la sesión legislativa del 4 de septiembre, en Ciudad de México.
Diputados del bloque oficialista votan durante la sesión legislativa del 4 de septiembre, en Ciudad de México.Luis Cortes (Reuters)
Zedryk Raziel

La reforma al Poder Judicial propuesta por Andrés Manuel López Obrador está a poco de concretarse. Aprobada la semana pasada por la Cámara de Diputados, donde el bloque oficialista tiene una aplastante mayoría, toca al Senado discutirla y votarla el próximo miércoles. La piedra angular de la enmienda constitucional, y su punto más polémico, es que todos los jueces, magistrados y ministros de la Suprema Corte de Justicia sean electos por el voto directo de los ciudadanos en las urnas. Pero el proyecto incluye muchos otros cambios que implican la reorganización estructural más grande del Poder Judicial desde 1994, cuando el Gobierno de Ernesto Zedillo creó el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) y redujo el pleno del Supremo de 23 a 11 integrantes. La propuesta de López Obrador ha encontrado enormes resistencias entre los empleados judiciales y los juzgadores, que temen por sus derechos laborales. El bloque Morena-PT-PVEM en la Cámara de Diputados ha aprobado algunas modificaciones al proyecto original para suavizar los efectos negativos sobre los jueces que sean removidos con la entrada en vigor de la reforma.

La propuesta plantea una elección para 1.691 cargos de juez de distrito, magistrado de circuito y ministro de la Suprema Corte. Más de 11.000 candidatos podrán participar. La reforma propone que la renovación de la judicatura sea en dos elecciones, una en 2025 y otra en 2027. Todos los juzgadores que actualmente están en funciones pueden postularse como candidatos, ya sea para repetir en su puesto o para aspirar a uno de mayor jerarquía. También pueden renunciar al derecho a participar y retirarse. El proyecto original señalaba que quienes hayan ocupado el cargo de juez de distrito, magistrado de circuito y ministro de la Corte no podrían, dentro de los dos años siguientes a la fecha de su retiro, litigar casos como abogados o representantes ante el Poder Judicial. El bloque parlamentario oficialista suavizó esta prohibición, al menos para los exjueces y exmagistrados, quienes podrán litigar asuntos siempre y cuando no lo hagan en el distrito o circuito en el que estuvieron adscritos.

La mayoría oficialista también agregó al proyecto de reforma que los jueces de distrito y magistrados de circuito que concluyan su cargo por haber declinado su candidatura o por no resultar electos reciban un pago de tres meses de salario integrado y de 20 días de salario por cada año de servicio prestado, además de las prestaciones a que tengan derecho. Los legisladores del bloque mayoritario argumentaron que esta adición demuestra que el Gobierno sí se preocupa por los derechos de los juzgadores, a contrapelo de los señalamientos de la oposición. Los diputados del PAN y el PRI, por su parte, acusaron que esa adenda era algo así como un soborno o un premio de consolación para desactivar las manifestaciones de los empleados de la judicatura y los jueces, que mantienen bloqueada la Cámara de Diputados y amagan con tomar también el Senado.

Reforma
Manifestantes protestan sobre Paseo de la Reforma, frente a la sede del Senado, el 6 de septiembre.Henry Romero (Reuters)

Reingeniería judicial

El Consejo de la Judicatura Federal fue creado en 1994 como el órgano de administración y vigilancia de los jueces. Es presidido por el ministro que a su vez encabeza la Suprema Corte. El CJF no tiene facultades para sancionar a los ministros del Supremo (el Alto Tribunal se administra a sí mismo). La reforma de López Obrador propone dividir las funciones del CJF en un Tribunal de Disciplina Judicial, encargado de vigilar a los juzgadores, incluidos los ministros, y en un Órgano de Administración, a cargo de la gestión administrativa. Asimismo, plantea una separación radical de la Suprema Corte, pues ninguna de esas dos nuevas instancias estará presidida por algún integrante del Alto Tribunal.

La primera elección de jueces será el primer domingo de junio de 2025 y será organizada por el Instituto Nacional Electoral (INE). En esos comicios se elegirá a ministros de la Suprema Corte, a magistrados del nuevo Tribunal de Disciplina Judicial, a los integrantes del nuevo Órgano de Administración y a la mitad de los cargos de jueces de distrito y magistrados de circuito. La otra mitad se elegirá en las urnas en 2027, de manera concurrente con los comicios de diputados federales. Los poderes judiciales de los 32 Estados del país se renovarán de la misma manera, escalonadamente. Por lo que respecta al Tribunal Electoral Federal (TEPJF), los cinco magistrados que actualmente están en funciones continuarán en el cargo hasta los comicios de 2027.

Los aspirantes a alguno de los cargos judiciales deberán tener licenciatura en Derecho, haber obtenido un promedio mínimo de calificación de ocho a nueve en las materias afines al cargo y tener experiencia de cinco años en la práctica jurídica; también deberán elaborar ensayos y entregar cinco cartas de referencias recogidas entre sus vecinos o colegas. Los candidatos podrán hacer campaña durante dos meses en la jurisdicción a la que aspiren, pero no podrán recibir financiamiento público o privado. El INE les asignará tiempos en radio y televisión con cargo al erario.

La propuesta plantea reducir la Suprema Corte de 11 a 9 integrantes y eliminar sus dos salas, en las que se despachan asuntos en materias civil y penal y administrativa y laboral, para que todo se resuelva en el pleno. También se establece un candado para que la Corte no pueda otorgar suspensiones de normas generales ni suspensiones con efectos generales, una facultad que ha sido objeto de crítica por parte de López Obrador, luego de que los ministros han frenado leyes expedidas por el Congreso hasta en tanto resuelven el fondo de las impugnaciones. “Tratándose de juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso las sentencias que se dicten fijarán efectos generales”, dice el texto de la enmienda.

Para renovar la Corte, el Ejecutivo propondrá a 10 candidatos, el Supremo a otros 10 y el Congreso a 10, cinco la Cámara de Diputados y cinco el Senado (con el voto de una mayoría calificada de dos terceras partes en cada Cámara). El mismo número de candidatos será para el Tribunal Electoral —la Sala Superior y las salas regionales— y para el Tribunal de Disciplina. Para hacer las proposiciones de candidatos, cada poder de la Unión integrará un comité de evaluación formado por cinco personas reconocidas en la actividad jurídica. Esos comités examinarán a los aspirantes e integrarán listados con los 10 mejores evaluados, observando la paridad de género. Para los cargos de juez de distrito y magistrado de circuito, cada poder, a través de su comité evaluador, propondrá seis candidatos.

Los nuevos ministros del Supremo durarán en el cargo 8 y 11 años, en función de la votación que obtengan en las urnas (entre más votados, más tiempo se quedan). El periodo en el cargo de los jueces de distrito y magistrados de circuito será de ocho años. Los magistrados de Tribunal de Disciplina durarán en el cargo cinco y ocho años, según su votación en las urnas. En el caso de los magistrados del TEPJF, que serán electos en 2027, la duración del cargo será de seis años.

Las boletas electorales se ordenarán por cargo y circuito judicial o distrito, y llevarán impreso el nombre de los candidatos y su especialización por materia. Se especificará qué poder de la Unión los postula, y se hará notar cuando alguno de los aspirantes esté en funciones en un cargo judicial al momento de la elección. Quienes sean electos como jueces y magistrados federales serán sometidos por el Tribunal de Disciplina a una evaluación el primer año. Si reprueban, tendrán oportunidad de tomar cursos de capacitación para repetir la examinación. Si de nuevo no aprueban, podrán ser suspendidos o inhabilitados.

El proyecto señala que, al aprobarse la reforma, todos los servidores públicos del Poder Judicial federal y de los Estados deberán ajustar su salario, que no deberá ser mayor a lo percibido por el presidente de México, de alrededor de 120.000 pesos mensuales. Para los ministros del Supremo, indica que, si no se postulan o pierden la elección, no tendrán derecho al “haber por retiro”, una prestación por encima de la ley que incluye una pensión de por vida, asistentes pagados por la Corte, aguinaldo, seguro de vida, seguro de gastos médicos mayores para el juez y su cónyuge, prima vacacional y bono por riesgo. Si quieren conservar esa prestación, deberán presentar su renuncia al cargo antes de que concluya la convocatoria para la elección; en ese caso, el haber por retiro será proporcional al tiempo que estuvieron en la Corte.

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Sobre la firma

Zedryk Raziel
Reportero de EL PAÍS México, especialista en la cobertura de asuntos políticos y de corrupción. Licenciado por la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM. Ha sido colaborador en el diario Reforma y el portal Animal Político. Es coautor de ‘El caso Viuda Negra’ (Grijalbo, 2022).
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