Gentrificación en Ciudad de México: ¿en qué consiste la Ley de Turismo para las plataformas tipo Airbnb?
Un cambio en la legislación pretende regular las plataformas de alojamiento en la capital mexicana con el fin de brindar seguridad a la población y frenar la gentrificación
Una reforma a la Ley de Turismo pretende frenar el fenómeno de la gentrificación y el desplazamiento de la población en la capital mexicana. Las modificaciones a la legislación fueron anunciadas a inicios de abril por el jefe de Gobierno, Martí Batres Guadarrama. Las reformas anunciadas buscan regular las plataformas tecnológicas de alojamiento, como Airbnb. “Es un freno a procesos de gentrificación, expulsión, desplazamiento de vecinos que han hecho su vida en colonias como Condesa, Hipódromo, Cuauhtémoc, Hipódromo Condesa, Roma, Juárez y otros sitios donde quieren seguir viviendo y quieren evitar este proceso”, aseveró el mandatario capitalino.
En la capital mexicana, el turismo representa el 9,1% del Producto Interno Bruto, y el 18,74% del indicador a nivel nacional. Al tratarse de una de las principales actividades económicas de la ciudad, las reformas a la Ley de Turismo establecen la creación de un padrón de anfitriones de plataformas tecnológicas, y por primera vez incorporan el concepto de ‘estancia turística eventual’. “Por supuesto que somos una ciudad abierta a los visitantes extranjeros, pero también queremos que haya armonía y equilibrios y que la gente mantenga su forma de vida, la forma de vida que ha construido y donde se ha sentido cómodo”, señaló Batres durante una rueda de prensa del pasado 4 de abril.
Los 10 puntos para entender las reformas a la Ley de Turismo
Las reformas a la Ley de Turismo, publicadas en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, se dividen en diez puntos clave:
- Establecer la regulación legislativa de la oferta turística, y del uso de inmuebles a través de plataformas tecnológicas como Airbnb.
- Brindar certidumbre jurídica a anfitriones y usuarios.
- Abogar por la seguridad y la calidad a estos servicios.
- Eliminar la competencia desleal contra la industria hotelera. Batres señaló la existencia de edificios enteros que operaban como hoteles y que ofertaban sus servicios mediante plataformas tecnológicas sin cumplir toda la normatividad aplicable a estos establecimientos.
- Evitar la mercantilización masiva de inmuebles habitacionales para renta en plataformas. Este punto pretende mantener el uso de suelo habitacional de las colonias y evitar su transformación a uso turístico. Según las autoridades capitalinas, la Alcaldía Cuauhtémoc es una de las más afectadas por este fenómeno.
- Establecer el derecho de los vecinos a saber qué tipo de inmuebles son ocupados para hospedaje en plataformas digitales. Asimismo, se instaura un límite de tres inmuebles que puede ofertar un mismo propietario para este objetivo. En caso de contar con un cuarto inmueble en adelante, el dueño de la propiedad tendrá que cumplir con lo dispuesto en la Ley de Establecimientos Mercantiles y contar con el uso de suelo correspondiente.
- Prevenir que los precios de renta suban de forma desmesurada. La nueva normatividad protege los esquemas de renta a mediano y largo plazo en las colonias, según las autoridades.
- Fomentar la consulta a la población interesada: vecinos, empresarios hoteleros, plataformas tecnológicas y otros sectores involucrados.
- Buscar que la iniciativa se convierta en un referente internacional.
- Frenar los procesos de gentrificación y la expulsión de personas que han habitado tradicionalmente las colonias en Ciudad de México.
El titular de la Agencia Digital de Innovación Pública (ADIP), Eduardo Clark García Dobarganes, explicó que las reformas integran por primera vez los conceptos de ‘estancia turística eventual’, ‘anfitriones’ e ‘inmueble’, y se crean las figuras de Padrón de Anfitriones y Padrón de Plataformas Tecnológicas, que estarán disponibles en aproximadamente dos meses.
¿En qué consistirá el Padrón de Anfitriones?
La afiliación al Padrón de Anfitriones será un requisito clave para cumplir con la normatividad en caso de fungir como hospedador en algún servicio digital. El listado incorporará a las personas físicas o morales que ofrecen estos servicios a los turistas a cambio de una contraprestación, y obligará a los anfitriones a proporcionar información clara y detallada sobre el inmueble. De este modo, deberán reportar semestralmente la ocupación de la propiedad ante la Secretaría de Turismo e informar a sus vecinos sobre el uso turístico que dan a su propiedad.
Los padrones estarán disponibles en línea y se espera estén disponibles en el mes de junio. La vigencia del registro será de un año, y el trámite se realizará en línea con la Cuenta Llave. Los requisitos para afiliarse incluyen: nombre del propietario, identificación vigente, RFC, constancia de situación fiscal, acreditación de la propiedad o posesión del inmueble en cuestión y datos de contacto.
Además, la persona interesada en incorporarse al padrón deberá proporcionar los datos del inmueble: comprobantes de pago de impuestos, comprobante de domicilio, especificar de qué espacio se trata y si este cumple con las medidas de seguridad correspondientes.
También se deberá manifestar en qué plataformas digitales se ofertará el inmueble y, en caso de propiedades dentro de condominios, un acuse de notificación a la asamblea condominal para mostrar que los vecinos conocen que el inmueble se usará para el alojamiento en plataformas tecnológicas.
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