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Corinna Larsen acusa a Juan Carlos I de intentar usarla como testaferro de su fortuna oculta

La expareja sentimental de Juan Carlos I involucra al Grupo Eulen en su demanda de acoso en los tribunales británicos

Corinna Larsen
Corinna Larsen, el 29 de marzo, a su llegada al Tribunal de Justicia de Londres.Getty Images Dan Kitwood (Getty Images)
Rafa de Miguel

La paciencia de los tres magistrados del Tribunal de Apelación que estudia la demanda de Corinna Larsen contra Juan Carlos I era muy escasa este martes. Eleanor King, Ingred Simler (dos juezas) y Andrew Popplewell (un juez) han escuchado sin rechistar los argumentos desplegados por el abogado que representa al rey emérito, Thimothy Otty, mientras se revolvían inquietos y acosaban a preguntas y reproches a James Lewis, el jurista que representaba a la empresaria. No ha sido un buen día para la estrategia jurídica de Larsen, y quizá por casualidad, quizá por precaución, ha sido la primera de todas las vistas de un juicio claramente mediático de la que la expareja sentimental del exjefe del Estado español ha decidido ausentarse. Aun así, a través del escrito de sus abogados, ha soltado dos nuevas bombas de relojería, en su estrategia de acoso y derribo. Ha acusado al rey emérito de intentar utilizarla como testaferro para ocultar su fortuna, y ha implicado al Grupo Eulen en su demanda de acoso.

“Este juicio está teniendo un coste elevadísimo para ambas partes, es complejo y ocupa mucho tiempo de la administración de Justicia. El rigor y la exactitud son importantes”, ha reprochado la jueza King a Lewis en uno de los momentos de mayor tensión de la jornada.

El objetivo de la vista era muy concreto. Los tres magistrados tenían que atender y estudiar el recurso de apelación del equipo jurídico de Juan Carlos I contra la decisión del juez del caso, Matthew Nicklin, por la que negaba la inmunidad procesal al demandado durante el tiempo en que fue Jefe de Estado, hasta su abdicación en junio de 2014. La demanda de Larsen incluye varios presuntos episodios de acoso y coacción contra ella desde 2012 hasta el 16 de octubre de 2020, cuando decidió acudir a los tribunales británicos.

La defensa del rey emérito se ha aferrado en todo momento a un aparente error procesal de la parte contraria que puede acabar teniendo consecuencias graves en el desarrollo del proceso. Si en el relato previo de los hechos que configuró la demanda, el equipo jurídico de Larsen dejaba claro que el entonces director general del Centro Nacional de Inteligencia (CNI), el general Félix Sanz Roldán, y operativos a sus órdenes habían visitado, presionado y supuestamente amenazado a Larsen, en las correcciones posteriores de la demanda ya no se trataba ni del jefe máximo de los espías españoles ni de agentes del centro, sino de un amigo del rey emérito que actuaba a título personal y de personal de una empresa privada de seguridad.

La sorpresa de Eulen

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“Como hemos podido saber ahora, en la operación de Mónaco de 2012 [agentes enviados por Sanz Roldán hicieron una operación de rastreo y limpieza en el apartamento de Larsen en esa ciudad], no se trataba de un equipo del CNI. Era un equipo del Grupo Eulen, fundado por otro amigo íntimo del demandado [el empresario David Álvarez Díez, fallecido en noviembre de 2015] y propietario de sus viñedos favoritos [Bodegas Vega Sicilia]. Es una información muy relevante para ofrecer contexto a los actos previos a la abdicación. No formaron parte de una operación estatal, sino de una campaña oculta del demandado para la que se apoyó en sus amigos”, aseguraba en su nuevo escrito el equipo jurídico de Larsen.

Los pasos dados por los abogados de la empresaria en los últimos meses sugieren que han intentado cambiar a toda velocidad su estrategia jurídica para evitar la aplicación de la Ley de Inmunidad de Estado de 1978, del Reino Unido. Es una cuestión procesal enrevesada, pero muy importante. Si quedara demostrado, como pretenden los abogados de Juan Carlos I y establecen los precedentes judiciales, que Sanz Roldán, sus hombres o el propio rey emérito actuaron “bajo el color de la autoridad” —es decir, bajo una apariencia de actuar amparados por su rango de Estado—, debería aplicarse la inmunidad procesal. Y si, como deriva de esta decisión, quedaran descartados del juicio todos los actos previos a la abdicación que contempla la demanda, resultaría muy complicado sostener toda la narrativa con la que se argumenta el caso.

“El juez tuvo ante sí una demanda en la que no había espacio para la ambigüedad. Dejaba muy clara la constante participación del CNI, y todo eso lleva hacia la inmunidad procesal”, defendía el abogado Otty.

Porque el pecado original de la estrategia del equipo jurídico de Larsen puede estar nada menos que en una maniobra procesal chapucera. El juez Nicklin, claramente convencido desde un principio de que Juan Carlos I no gozaba de inmunidad procesal ni antes ni después de su abdicación, sugirió in voce a los letrados de Larsen —en plena sala, sin reclamar un procedimiento formal de enmienda— que cambiaran ligeramente su texto para dejar claro que Sanz Roldán actuó a título personal. Los abogados captaron al vuelo la jugada, y enmendaron la demanda. Si ya no estaba el CNI de por medio, quedaba descartada la inmunidad del rey emérito, porque cualquiera de sus presuntas fechorías ya no la habría realizado “basándose en su función pública”.

Una sesión tensa

Si el abogado que representaba al rey emérito tenía duras palabras para definir esa maniobra —”un instrumento forzado y con mala fe”—, los tres magistrados del Tribunal de Apelación mostraban también su desagrado con una extravagancia procesal que añadía confusión al caso. “¿A qué demanda debemos atenernos? ¿Al primer relato de hechos que se presentó acompañado de una declaración jurada de la demandante? ¿O la versión corregida, que también se prestó bajo juramento?”, presionaba al letrado Lewis la magistrada Simler.

El tribunal ha advertido al abogado de Larsen que, si finalmente se desechaba la enmienda por no haberse realizado en su debida forma, corría el riesgo de volver a la casilla de salida: tendría que defender la demanda original —la que atribuye a Sanz Roldán y sus hombres del CNI los actos de acoso—, que acerca más la posibilidad de la inmunidad procesal del rey emérito.

La siguiente treta jurídica del abogado Lewis todavía ha irritado más a los magistrados. Según la sección quinta de la Ley de Inmunidad del Estado, la inmunidad procesal deja de aplicarse a un dirigente extranjero “en caso de muerte o lesiones personales”. En ningún momento, durante la demanda, se argumenta o documenta que la presunta presión sufrida por Larsen hubiera provocado en ella trastornos psiquiátricos, aunque se habla vagamente de episodios de “depresión o ansiedad”. Y, sin embargo, el abogado de la empresaria ha intentado utilizar ese comodín de seguridad: “lo hemos argumentado ligeramente” en la demanda, defendía Lewis, que no podía evitar reírse, junto a los magistrados, de su propia ocurrencia.

Un dinero “siniestro”

Que Larsen, nuevamente en todas las portadas y televisiones por el podcast estrenado este lunes, Corinna y el Rey, en el que cuenta su historia de amor y desamor con Juan Carlos I, estuviera ausente durante la vista no ha evitado que siguiera provocando titulares. Un párrafo del documento argumental de su abogado, un párrafo que Lewis ni se molestaba en aludir durante su exposición oral ante los magistrados, llamaba de inmediato la atención de los medios españoles que siguen el caso: “Aunque [el rey emérito] justificó el ‘regalo de Lucum’ [los 65 millones que donó a Larsen, procedentes de un fondo panameño con ese nombre] en el afecto que sentía hacia ella y sus hijos, que no podía reflejar en su testamento, ahora resulta que los motivos eran más siniestros”, sugiere Larsen en su nueva argumentación, después de una nueva información conocida en mayo de 2022. “Cambios en las leyes bancarias suizas exigían al demandado que desvelara sus intereses en Lucum (así como su negativa a desvelarlos, como parte de una amnistía fiscal). El demandado pensó que podía esconder esos fondos si se los daba a la demandante como una donación, pero bajo la premisa de que ella le permitiría disponer de ellos”, indicaba la empresaria en su nuevo escrito.

Más allá de la decisión de los magistrados, que puede llevar semanas por la complejidad del asunto, el día no resultaba baldío para Larsen, que lograba transmitir el mensaje de hasta qué punto está dispuesta a tirar de la manta. En un proceso civil en el que de lo que se discute es de dinero, y que puede detenerse en cualquier momento con un acuerdo extrajudicial, la batalla no se libra tanto con complejos argumentos procesales como con demostraciones de fuerza.

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Sobre la firma

Rafa de Miguel
Es el corresponsal de EL PAÍS para el Reino Unido e Irlanda. Fue el primer corresponsal de CNN+ en EE UU, donde cubrió el 11-S. Ha dirigido los Servicios Informativos de la SER, fue redactor Jefe de España y Director Adjunto de EL PAÍS. Licenciado en Derecho y Máster en Periodismo por la Escuela de EL PAÍS/UNAM.

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