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La Audiencia Nacional rechaza tener competencia para investigar a las “bandas latinas” por primera vez

El magistrado Santiago Pedraz argumenta que no puede asumir un caso contra los Dominican Don’t Play, que incluye un homicidio

J. J. Gálvez
Las armas intervenidas a pandilleros de los Dominican Don't Play durante una operación relacionada con el asesinato de Usera (Madrid).
Las armas intervenidas a pandilleros de los Dominican Don't Play durante una operación relacionada con el asesinato de Usera (Madrid).GUARDIA CIVIL (GUARDIA CIVIL)

El juez Santiago Pedraz, instructor de la Audiencia Nacional, ha rechazado asumir por primera vez una investigación contra las “bandas latinas”, como las define el propio órgano. Tras estudiar una causa remitida desde un juzgado de Illescas (Toledo) y consultar a la Fiscalía, que se manifestó en contra de llevar este caso en la Audiencia, el magistrado ha descartado quedarse con las pesquisas, que se centran en los Dominican Don’t Play (DDP). Entre otros crímenes, se cerca a miembros de este grupo por un intento de homicidio en Seseña (Toledo) y por el asesinato a machetazos de un veinteañero en el madrileño barrio de Usera.

A través de un escrito firmado este miércoles, Pedraz explica que los hechos investigados no encajan dentro de las competencias atribuidas a la Audiencia Nacional. El pasado año, el Juzgado de Instrucción 7 de Illescas abrió un caso por el intento de homicidio de Seseña, perpetrado el 20 de abril de 2021: cinco personas abordaron a un joven cuando se bajaba del autobús y, tras perseguirlo, le golpearon, apuñalaron en la “zona inguinal” y le dieron un “machetazo” en la cabeza. En un primer momento, las pesquisas se centraron en el grupo local de los DDP, una escisión de los Dominican Don’t Play de Villaverde (Madrid), pero las indagaciones condujeron también a pandilleros de la capital y al asesinato de Usera, cometido en febrero de 2022.

Ante tales avances, el pasado 1 de marzo, la jueza de Illescas envió la investigación a la Audiencia Nacional por homicidio, tráfico de drogas, falsificación de moneda y pertenencia a organización criminal, entre otros delitos. Pero Pedraz argumenta que la doctrina del Supremo especifica que, para asumir la competencia por narcotráfico y falsificación de moneda, los delitos deben cometerse en el marco de una organización criminal. En este sentido, aunque el sumario revela que existe una estructura “jerarquizada” dentro de los DDP, “no se ha acreditado que se opere con los requisitos exigidos para su imputación en el marco de una organización criminal”.

Pedraz añade en su escrito de este miércoles: “No se acredita que la finalidad de la referida organización sea la comisión de estas dos actividades delictivas, sino que las mismas se imputan como resultado de las intervenciones de comunicaciones y del registro, pero de manera instrumental a las actividades realizadas por los miembros de la organización”. “No existe informe que señale cuál es la distribución de las tareas para la falsificación de la moneda, por lo que se adolece de este requisito”, remacha el magistrado de la Audiencia, que ha devuelto la causa al juzgado de Illescas.

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Sobre la firma

J. J. Gálvez
Redactor de Tribunales de la sección de Nacional de EL PAÍS, donde trabaja desde 2014 y donde también ha cubierto información sobre Inmigración y Política. Antes ha escrito en medios como Diario de Sevilla, Europa Sur, Diario de Cádiz o ADN.es.

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