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Conservadores y progresistas eligen a Trevijano por unanimidad para presidir el Constitucional

El magistrado progresista Juan Antonio Xiol es el nuevo vicepresidente del tribunal de garantías

José María Brunet
Pedro González-Trevijano, en su etapa de rector de la Universidad Juan Carlos I, en 2009.
Pedro González-Trevijano, en su etapa de rector de la Universidad Juan Carlos I, en 2009.Samuel Sánchez

Los dos sectores del Constitucional han elegido por unanimidad al magistrado conservador Pedro González Trevijano como presidente, y al magistrado progresista Juan Antonio Xiol como vicepresidente. Esta mañana se habían celebrado reuniones entre los componentes del tribunal para tratar de fraguar un pacto que permitía iniciar una nueva etapa mediante apoyos cruzados entre los dos sectores de la institución. En virtud de este acuerdo, el sector progresista ha apoyado a González-Trevijano, y el sector conservador ha respaldado la candidatura a la vicepresidencia de Juan Antonio Xiol, elegido en su día a propuesta del PSOE. Han votado a favor todos los magistrados presentes, 11, a falta solo de Alfredo Montoya, que se recupera del ictus que sufrió en agosto.

El acuerdo alcanzado persigue lanzar el mensaje de que se pretende abrir una fase de mayor cohesión en el tribunal, después de las tensiones provocadas por sentencias como las que tumbaron las decisiones del Gobierno para afrontar la emergencia sanitaria mediante los decretos del estado de alarma. No obstante, el mandato de Trevijano va a ser muy corto, hasta junio próximo, en que tendría que producirse la siguiente renovación.

En esta etapa, el Constitucional tendrá que dictar sentencia sobre varios recursos presentados por el PP y Vox contra las leyes y las reformas más importantes de la presente legislatura. Hasta ahora, el tribunal se ha caracterizado por avalar la legislación de la precedente etapa de Gobierno del PP y por anular una parte relevante de la producción legislativa del actual Ejecutivo.

Quedan pendientes sentencias sobre la ley de eutanasia o sobre la ley Celáa, por ejemplo, además del fallo relativo a la fórmula de juramento empleada por diversos diputados en el acto constitutivo de las Cortes. El recurso plantea que dichas fórmulas no tenían respaldo legal alguno, criterio que de ser compartido por el tribunal podría llevar a estimar que tales diputados no adquirieron debidamente la condición de parlamentarios.

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