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El juez anula por ilegal la destitución del coronel Pérez de los Cobos

El Ministerio del Interior anuncia que recurrirá el fallo mientras el guardia civil estudia pedir ya su reincorporación

Óscar López-Fonseca
El coronel Diego Pérez de los Cobos, durante su comparecencia la semana pasada en la comisión parlamentaria sobre la Operación Kitchen.
El coronel Diego Pérez de los Cobos, durante su comparecencia la semana pasada en la comisión parlamentaria sobre la Operación Kitchen.Juan Carlos Hidalgo (EFE)

El juez de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional Celestino Salgado dictó este miércoles una sentencia que anula la destitución del coronel Diego Pérez de los Cobos como jefe de la Guardia Civil en Madrid y ordena a Interior restituirle en ese puesto. El magistrado concluye que el motivo esgrimido por el ministerio para destituir al alto mando, el 24 de mayo de 2020, “no es real” y, por tanto, la decisión fue “ilegal”. Interior anunció que recurrirá la decisión, mientras fuentes del entorno de coronel señalan que está analizando pedir la ejecución provisional del fallo para reincorporarse al puesto en breve.

Interior destituyó al coronel como máximo responsable de la Comandancia de Madrid por “pérdida de confianza” tras filtrarse a la prensa detalles de una investigación de la Guardia Civil sobre la celebración de la manifestación del Día de la Mujer en Madrid el 8 de marzo del año pasado y su supuesta relación con la propagación de la covid-19. Los agentes que realizaban la investigación, pertenecientes a dicha comandancia, actuaban bajo la dirección de la titular del Juzgado de Instrucción número 51 de Madrid, Carmen Rodríguez-Medel, quien investigaba por prevaricación al entonces delegado del Gobierno en Madrid, José Manuel Franco, por autorizar la celebración de actos multitudinarios en las fechas previas a la declaración del estado de alarma. La jueza archivó finalmente la causa.

Grande-Marlaska atribuyó en un primer momento la destitución de Pérez de los Cobos a un simple “cambio de equipos”, pero en posteriores comparecencias públicas vinculó el cese a una “pérdida de confianza” por la filtración de datos contenidos en un documento policial del caso 8-M. Sin embargo, el escrito con el que se comunicó al coronel su cese especificaba que la decisión se había tomado por “no informar del desarrollo de investigaciones y actuaciones de la Guardia Civil, en el marco operativo y de Policía Judicial, con fines de conocimiento”, en referencia a aquellas pesquisas.

El magistrado concluye ahora en la sentencia, tras analizar los testimonios y los documentos aportados, que “no es cierto” que el alto mando de la Guardia Civil no informara a sus superiores de aquello sobre lo que sí podía informar. Uno de esos testimonios fue el que prestó en la vista el teniente general Laurentino Ceña, entonces director adjunto operativo del instituto armado y que tras el cese del coronel dimitió de su cargo. El general Ceña detalló sus reuniones con la directora general de la Guardia Civil, María Gámez, en los días previos a la destitución y como en una de las cuales le pidió que frenara la destitución de Pérez de los Cobos. El alto mando aseguró que Gámez rechazó hacerlo “porque la decisión estaba tomada por [el Palacio de la] Moncloa y se le iba a cesar”.

En este sentido, la sentencia destaca que la juez que instruía el caso 8-M había dado órdenes expresas a los guardias civiles que participaban en las pesquisas de mantener el “deber legal de reserva” sobre la investigación, y que esas órdenes afectaban también al que en aquel momento era su superior, el coronel Pérez de los Cobos. El fallo añade que tampoco se especificaba en el cese “qué información se consideraba que debería haber comunicado el recurrente en su condición de Jefe de la Comandancia de Madrid”.

El magistrado destaca que, por tanto, “el motivo de la decisión discrecional de cese era ilegal, en tanto que el cese estuvo motivado por cumplir con la ley y el expreso mandato judicial”. En este sentido, recalca que, de haber aceptado facilitar datos de aquellas investigaciones, el coronel podría haber incurrido en “un ilícito penal”. Por ello, señala que “la motivación de la propuesta de cese no es real, o, al menos, no se ajusta a la realidad”.

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Sobre la supuesta filtración de datos de la investigación, el magistrado incide en que “en la información reservada [investigación interna de la Guardia Civil] instruida por la aparición en los medios de comunicación de un informe policial” no ha aparecido “en ningún momento” Pérez de los Cobos ni, de hecho, se le ha llegado a incoar ningún expediente disciplinario por ello.

El magistrado concluye que la decisión de Interior fue “un claro ejercicio desviado de la potestad discrecional” a la hora de nombrar y destituir cargos de confianza, como era el puesto de jefe de la Guardia Civil en Madrid. Y recuerda que “el actuar discrecional no puede ser un medio para atentar contra la legalidad o menoscabar la legalidad a la que todos, en definitiva, estamos sujetos”. Por todo ello, estima el recurso de Pérez de los Cobos y deja sin efecto su cese, ordenando a Interior el reingreso del coronel como máximo responsable de la Comandancia de Madrid y “el abono de las diferencias retributivas dejadas de percibir desde la fecha de efectividad del cese”. Desde su destitución, Pérez de los Cobos había sido destinado a un puesto de menor nivel en la intervención de armas del instituto armado.

La decisión de la Audiencia Nacional supone un varapalo judicial para Grande-Marlaska, al que este miércoles la oposición pidió su dimisión. Poco después de conocerse la sentencia, Interior anunció su intención de recurrir la decisión ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional. El pronunciamiento de la sala no cerraría, sin embargo, la causa, ya que aún se puede recurrir ante el Tribunal Supremo.

A ello se suma que, según fuentes de su entorno, Pérez de los Cobos estudia pedir al juez la ejecución provisional de la sentencia para reincorporarse de manera inmediata al puesto de jefe de la Guardia Civil en Madrid en los próximos días. Si así lo acordara el magistrado, Interior tiene la opción de cesarle de nuevo. En este caso, señalan fuentes del instituto armado, el ministerio debería utilizar motivos diferentes de los que ahora la Audiencia Nacional ha considerado que no eran reales.

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Sobre la firma

Óscar López-Fonseca
Redactor especializado en temas del Ministerio del Interior y Tribunales. En sus ratos libres escribe en El Viajero y en Gastro. Llegó a EL PAÍS en marzo de 2017 tras una trayectoria profesional de más de 30 años en Ya, OTR/Press, Época, El Confidencial, Público y Vozpópuli. Es licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.

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