_
_
_
_

El Supremo constata que Bárcenas manejó una contabilidad paralela dentro del PP

Los magistrados destacan que la Audiencia Nacional contó “con prueba de cargo válida y suficiente” sobre las sustracciones que hizo el extesorero a la caja b

Óscar López-Fonseca
El extesorero del Partido Popular, Luis Barcenas, a la salida de su casa tras estallar el escándalo sobre la caja b del PP.
El extesorero del Partido Popular, Luis Barcenas, a la salida de su casa tras estallar el escándalo sobre la caja b del PP.

El Tribunal Supremo respalda en su sentencia sobre la primera época del caso Gürtel, conocida este miércoles, la conclusión de la Audiencia Nacional de que hubo una caja b en el PP que estuvo bajo el control del extesorero Luis Bárcenas. Aunque el alto tribunal recalca que “no es dable afirmar que el PP delinquiera, cuando no ha sido enjuiciado por responsabilidad penal en este proceso”, también señala que los jueces de primera instancia contaron “con prueba de cargo válida y suficiente” tanto de su existencia como de las sustracciones de fondos que el extesorero hizo de la misma para ingresarlos en su cuenta en Suiza y pagar parte del chalé de lujo que adquirió en Baqueira Beret.

Según el Supremo, la Audiencia Nacional “contó con prueba de cargo válida y suficiente”, en forma de documentos, declaraciones de testigos e imputados e informes policiales, para concluir la existencia de una caja b en el PP, sobre la que Bárcenas “ostentaba plena capacidad de control y disponibilidad”. También surgieron en el juicio pruebas de los “distintos actos de apoderamiento” realizados por el extesorero sobre esta “contabilidad extracontable”, entre ellos el uso de 149.600 euros para adquirir unas acciones de Libertad Digital, señala en su fallo el Supremo.

El Supremo considera “indiferente que el PP haya renunciado a cualquier reclamación [sobre las cantidades detraídas por Bárcenas de la caja b] (incluso porque afirme que no le consta haber sufrido perjuicio alguno) e, incluso, la procedencia lícita o ilícita de estas cantidades”. Para el alto tribunal, “lo relevante es que el acto de apoderamiento se produjo” y que el dinero que Luis Bárcenas recibió como mero custodio y que hizo suyo no era res nullius [cosa de nadie] y, por ello, incurrió en la responsabilidad penal que le están exigiendo las acusaciones.

La sentencia de la Audiencia Nacional, de mayo de 2018, fue el primer fallo judicial que consideró plenamente veraces los apuntes contables conocidos como los papeles de Bárcenas y, por tanto, la existencia en el PP de una caja b que se nutría de donaciones ilegales de empresarios y con la que se hacían pagos en metálico a sus dirigentes. Entonces, el tribunal admitió que esta contabilidad opaca —destapada por EL PAÍS el 31 de enero de 2013— quedaba fuera del objeto del proceso, pese a lo cual dedicaron varios párrafos en la sentencia a certificar su existencia para, de este modo, sustentar la acusación contra el que fuera tesorero del PP, Luis Bárcenas, de apropiarse de parte de estos fondos.

La sentencia de la Audiencia Nacional incidió en la “procedencia ilícita” de ese dinero al considerar que “las aportaciones a la caja b no se trata de simples donaciones hechas de modo altruista por algunos empresarios, sino que tienen un marcado carácter finalista en tanto en cuanto es una manera de pagar favores, o la contrapartida, por adjudicaciones irregulares de contratos”.

Además de considerar probada la existencia de la caja b en el PP, aquella sentencia cuestionó la “credibilidad” de Mariano Rajoy y de los otros dirigentes populares. La Audiencia Nacional recalcó que las pruebas sobre la caja b eran tan “contundentes” que los testimonios de Rajoy y otros dirigentes de partido no parecían lo “suficiente verosímil” para rebatirlas. Este párrafo de la sentencia fue uno de los detonantes de la moción de censura que poco después desalojó a Rajoy de La Moncloa y convirtió en presidente del Gobierno al líder del PSOE, Pedro Sánchez. Ahora, el Supremo no hace referencia a aquel testimonio de Rajoy ante el tribunal y no menciona en ninguna ocasión su nombre ni su antiguo cargo a lo largo de los cerca de 1.900 folios de su fallo.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Sobre la firma

Óscar López-Fonseca
Redactor especializado en temas del Ministerio del Interior y Tribunales. En sus ratos libres escribe en El Viajero y en Gastro. Llegó a EL PAÍS en marzo de 2017 tras una trayectoria profesional de más de 30 años en Ya, OTR/Press, Época, El Confidencial, Público y Vozpópuli. Es licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_