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El Poder Judicial archiva la denuncia contra la jueza de los ERE por “parálisis y retrasos injustificados”

El promotor de Acción Disciplinaria considera que la juez Núñez Bolaños no actuó con pasividad como alegó la Fiscalía Anticorrupción durante la instrucción de la macrocausa

La juez María Núñez Bolaños, en los juzgados de Sevilla en una imagen del 2018.
La juez María Núñez Bolaños, en los juzgados de Sevilla en una imagen del 2018.PACO PUENTES

El promotor de la Acción Disciplinaria del Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el magistrado el magistrado Ricardo Conde ha acordado este viernes el archivo de la investigación abierta a la juez María Núñez al no apreciar en su actuación “parálisis, desatención y retrasos injustificados” en la tramitación de las distintas piezas del caso ERE, tal y como había denunciado la Fiscalía Anticorrupción en un escrito presentado en julio de 2019

Conde sostiene que “no cabe inferir la pasividad intencional o el descuido injustificable que la denuncia atribuye a la magistrada” y se adhiere, así, al informe preliminar que el Servicio de Inspección del Poder Judicial le remitió el pasado mes de febrero en el que también exculpaba a la instructora de macrocausas de los retrasos en el caso de los ERE, Avales e IDEA. De acuerdo con ese documento, “las paralizaciones o retrasos no se deben a la inacción ni a la falta de actividad procesal o de impulso general en labor de la oficina judicial o de la magistrada instructora” y venían “fundamentadas en los autos”.

En su escrito, el promotor explica que el Juzgado de Instrucción Número 6 de Sevilla, que en el momento de la denuncia de la Fiscalía presidía la juez Núñez, se encuentra en una situación excepcional desde que en 2011 se incoaron las diligencias previas que desembocaron en el caso de los ERE. “Un contexto que, con la estructura y competencias actuales de los juzgados de instrucción y con el diseño del vigente proceso penal, es fuente inevitable de retrasos”, indica Conde. “Se ha constatado la existencia de demoras -no denunciadas entonces- en la última parte del año 2016 y en parte de 2017, coincidiendo con el momento en que la magistrada recibió un mayor número de infirmes policiales derivados de las diligencias iniciales, que dieron lugar a la apertura de cerca de 200 piezas separadas, también de gran complejidad”, añade.

El promotor alude a la jurisprudencia del Tribunal Supremo para concluir que “para atribuir a un juez ilícitos disciplinarios derivados de incumplimientos temporales debe resultar inequívocamente demostrado que el retraso o la simple inobservancia se deba a la pasividad intencional o al descuido del juez o magistrado”. El magistrado señala que una vez puesta en marcha la instrucción, se dio respuesta a las peticiones de las partes y se tramitaron los recursos en tiempos razonables y “por tanto, no cabe inferir pasividad intencional o el descuido injustificable que la denuncia atribuye a la magistrada”.

El Fiscal Jefe de la Fiscalía Anticorrupción, Alejandro Luzón, presentó en julio de 2019 una denuncia, planteada por los seis fiscales delegados de Sevilla, ante el CGPJ contra la entonces titular del Juzgado de Instrucción Número 6 de la capital andaluza, por el “retraso injustificado” de la tramitación de las piezas separadas del caso de los ERE y otros procedimientos en macrocausas Respecto de su contenido, el promotor reconoce “la profunda discrepancia del Ministerio Fiscal con numerosas decisiones de la juez instructora”, pero sostiene que esas divergencias “quedan fuera del ámbito de actuación del órgano de gobierno de los jueces” que “no puede analizar el acierto del criterio judicial en los pronunciamientos dictados”.

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