El final de ETA, ¿paz por presos?
Los presos etarras se habían convertido en elemento aglutinante, las gestoras proamnistía y Salhaketa organizaban las visitas de los familiares a los centros penitenciarios, lo que permitía establecer un control férreo por parte de la organización sobre los presos, y su entorno social más inmediato.
A mediados de 1989 se procedió a la dispersión de estos internos, que hasta entonces se concentraban en dos prisiones: Alcalá y Herrera. La decisión política era arriesgada, pero inevitable, los dos partidos que se sucedieron en el Gobierno, pidieron comprensión. La sociedad española entendió que esta era una política propia de un Estado democrático y de derecho, y soportó la respuesta violenta de la organización terrorista.
Tras la dispersión, lejos del grupo de militancia los internos ganaron en iniciativa individual y recuperaron espacios de autonomía personal que antes no tenían, por ejemplo podían acceder a la redención de penas por el trabajo y gozar del apoyo familiar propio y directo. Por estos procedimientos de normalización se ha ido produciendo la libertad y la integración social de muchos presos etarras, sin mayor dificultad, ni escándalo, por la exacta aplicación de las leyes vigentes. Pero no es menos cierto que también han abundado desde entonces las medidas excepcionales, se generaron soluciones extraordinarias a problemas penitenciarios creados artificialmente por urgencias políticas y partidarias poco claras.
El proceso está llegando a su momento clave. Hay dos asuntos sobre la mesa: primero, el acercamiento de presos vascos a Euskadi, a voluntad política del Gobierno; y secundariamente la superación de la “doctrina Parot” que desde la sentencia del Tribunal Supremo, en 2006, obliga a aplicar la redención de penas por el trabajo sucesivamente a cada condena y no al triple de la mayor, lo que mantiene en la cárcel (hasta 40 años) precisamente a aquellos que llevan más tiempo encarcelados.
En estas condiciones resulta muy difícil individualizar el tratamiento penitenciario, conseguir el arrepentimiento y que los internos asuman el pago de indemnizaciones.
La “doctrina Parot”, parcialmente avalada en 2012 por el Tribunal Constitucional, se ha convertido en el gran obstáculo que afortunadamente ha empezado a resolver el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.— Luis Fernando Crespo Zorita.
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