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El alcalde de Leitza no enalteció el terrorismo en las fiestas

La Audiencia Nacional ha archivado la denuncia contra el alcalde de la localidad navarra de Leitza y otras dos personas por un presunto delito de enaltecimiento del terrorismo durante la celebración de las pasadas fiestas patronales. En un auto, el juez Pablo Ruz decreta el sobreseimiento provisional de las diligencias contra Oier Eizmendi, María Lourdes Juantorena y Saioa Eizmendi al no haber quedado patente su participación en los actos, y ser desconocida la identidad de las personas que participaron en los mismos.

La investigación se inició a raíz de la celebración el 10 de agosto de 2001 de las fiestas patronales de Leitza. En torno a las 18 horas, cuando se procedía a la lectura del pregón y chupinazo, aparecieron en uno de los extremos de la plaza cinco individuos vestidos con buzos blancos y caretas portando diversas banderolas con el texto en euskera los presos refugiados vascos a casa y el dibujo del mapa de Euskal Herria con dos flechas apuntando al mapa. Asimismo, portaban un gran mural con el texto "no estamos todos" y con la fotografía de seis presos de ETA.

Sin identificar

Durante el acto, dos encapuchados accedieron a la parte superior del edificio del Ayuntamiento y descolgaron una pancarta con el mapa de Euskal Herria con las dos flechas. El magistrado considera evidente que los hechos revisten caracteres de un delito de enaltecimiento del terrorismo al haberse ensalzado a personas condenadas por actos terroristas vinculados a ETA, aprovechándose de la máxima atención e importancia de la jornada festiva. No obstante, reconoce que no ha sido posible identificar a las personas que participaron en los actos y advierte de que las tres personas imputadas se encontraban en dependencias interiores del Ayuntamiento en los actos festivos.

La Audiencia Nacional reconoce la falta de vinculación con la planificación de las actividades de los festejos del alcalde, ya que el programa de fiestas corresponde a la comisión de fiestas. El juez admite además que como el consistorio carecía de policía municipal o vigilancia privada, "no puede aducirse sin más la responsabilidad penal" del alcalde por el hecho de que personas desconocidas accedieran a dependencias municipales para descolgar una pancarta.

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