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El Supremo pospone la revisión de la pena del crimen de Fago

Santiago Mainar alega que debió ser juzgado según la Ley del Jurado y la Sala decide preguntar al Pleno su opinión

La Sala del Supremo que debe estudiar el recurso de casación presentado por el agente forestal Santiago Mainar contra la condena por el asesinato del alcalde de Fago, Manuel Grima, ha decidido preguntar a un pleno no jurisdiccional si el recurrente debió ser juzgado según la Ley del Jurado, lo que supone posponer la resolución del caso hasta el mes que viene.

Mainar, condenado a 20 años y nueve meses de cárcel por la Audiencia Provincial de Huesca por el crimen Fago (Huesca), tendrá así la posibilidad de exponer sus alegaciones ante un pleno no jurisdiccional que emitirá un dictamen en las próximas semanas. Después, será la propia Sala quien, probablemente a mediados del mes que viene, decida sobre el recurso.

La sentencia sobre el crimen de Fago condenó a Mainar por los delitos de asesinato, en concurrencia con atentado a la autoridad, y tenencia ilícita de armas, al considerar robado que el agente forestal quería matar a Miguel Grima por la "animadversión" que sentía hacia él desde que accedió al cargo de alcalde de Fago.

La resolución, que únicamente ha sido recurrida por Mainar, considera como hechos probados, que en la tarde del 12 de enero de 2007, fecha del asesinato, Santiago Mainar se dirigió al paraje conocido como Val de San Juan, dentro del mismo término de Fago, en donde se hizo con una escopeta de caza que guardaba entre unos arbustos, desde un tiempo no determinado. Se trataba de una escopeta de dos cañones paralelos completos.

La Sala que deliberará sobre este asunto estará integrada por los magistrados Andrés Martínez-Arrieta, Francisco Contender, Alberto Jorge Barreiro, Joaquín Delgado y Joaquín Jiménez, que será el ponente de la resolución, informaron hoy fuentes del alto tribunal.

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