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El Supremo rebaja la pena a tres policías que confundieron a un cocinero con un sicario

El Alto Tribunal les absuelve de un delito de detención ilegal y les impone una multa de 1.200 euros por una falta de lesiones

Los agentes aguardaban la llegada de un peligroso sicario colombiano a la puerta de un inmueble en Madrid. Sabían que éste llegaría en moto. Cuando a primeras horas de la madrugada vieron llegar a un hombre que conducía una motocicleta se abalanzaron sobre él y comenzaron a golpearle. Para su sorpresa, el individuo resultó ser un cocinero español y no un sicario colombiano, una diferencia que les llevó a juicio.

El Tribunal Supremo (TS) ha rebajado este jueves las condenas impuestas a los tres policías nacionales que en 2005 en una operación contra una banda de secuestradores y traficantes de droga en Madrid retuvieron y golpearon "con gran violencia" al cocinero al confundirle con un sicario colombiano. El Alto Tribunal les ha absuelto del delito de detención ilegal por el que fueron condenados a un año de prisión y les ha rebajado una condena de dos años de cárcel por un delito de lesiones a una multa de 1.200 euros para cada uno.

Los hechos ocurrieron en enero de 2005 en el marco de una investigación policial iniciada por la Audiencia Nacional. Tras ser agredido y amenazado a punta de pistola, los agentes le preguntaron varias veces si era colombiano, a lo que el cocinero les contestó que era español, trabajaba en un restaurante y que vivía en la zona, "aclaraciones a las que los policías hicieron caso omiso", según la víctima. Cuando finalmente se dieron cuenta del error le quitaron las esposas y, acatando las órdenes del jefe del operativo, le llevaron a un centro médico.

El Alto Tribunal concluye que los hechos constituyen una falta de lesiones porque el agredido no precisó tratamiento médico y parte de las lesiones se las produjo al caer la moto en una intercepción que no estaba dirigida a causar lesiones, sino a detener a un presunto sicario. Los agentes han sido absueltos del delito de detención ilegal al entender el Tribunal Supremo que "se limitaron a cumplir una orden legítima de su superior".

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