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Condenada a 18 años la etarra Múgica Goñi por ordenar un atentado en Logroño

La explosión de un coche bomba no causó heridos pero sí cuantiosos daños

La Audiencia Nacional ha condenado hoy a la etarra Ainhoa Múgica Goñi, Olatz, a 18 años de prisión por un delito de estragos terroristas por haber ordenado a los miembros del comando Xoxua de ETA perpetrar el atentado contra la Torre de Logroño cometido el 10 de junio de 2001. La sentencia considera probado que Olatz -detenida en Francia el 16 de septiembre de 2002- ejercía entonces "funciones propias de dirección y responsabilidad respecto de diversos comandos de la organización terrorista ETA, siendo la responsable militar directa del llamado comando Xoxua.

Tras obtener información sobre diversos objetivos en la capital riojana, la etarra decidió "el ataque contra los edificios del Banco de España, de Telefónica y del denominado Torre de Logroño de dicha capital". Para ello, el 9 de junio de 2001 se entrevistó en el sur de Francia con dos miembros del comando, a los que dio las instrucciones necesarias para cometer el atentado y entregó un Fiat Tempra cargado de explosivos.

Los dos terroristas, "cumpliendo con las instrucciones impartidas por la procesada", cruzaron la frontera y se dirigieron a Logroño, donde, a última hora de la tarde de ese mismo día, colocaron el coche bomba frente a la Torre de Logroño y activaron el mecanismo de iniciación del explosivo para que estallara a las 6 horas y 30 minutos del día siguiente.

A las 5.45, los terroristas avisaron telefónicamente de la colocación del coche bomba a SOS-Rioja, a la Ertzaintza y a la asociación DYA, llamadas en las que los miembros del comando informaron erróneamente de dónde se encontraba el coche, que aun así -y "tras una desesperada búsqueda"- fue localizado por la policía a unos 300 metros del lugar indicado.

La localización se produjo cuando quedaban 20 minutos para la explosión, por lo que la policía decidió no evacuar la zona, "adoptando las medidas de seguridad que estaban a su alcance, tendentes a salvaguardar la integridad física y la vida de las personas, con excelentes resultados, pues no se registraron daños personales".

La explosión, no obstante, causó en la calzada un cráter de 50 centímetros de profundidad por dos metros y medio de diámetro y la Torre de Logroño quedó profundamente dañada, así como los edificios contiguos a la misma y los vehículos aparcados en sus inmediaciones, alcanzando la onda expansiva un radio de unos 300 metros.

La Audiencia Nacional condenó en 2005 a 15 años y seis meses de prisión a los presuntos autores materiales del atentado, Premín Sampedro Larrañaga y Jesús María Goikoetxea Garralda, pero al año siguiente el Tribunal Supremo les absolvió al considerar que no había quedado suficientemente probado que fueran ellos quienes colocaron el coche bomba. En la sentencia, la Sala se refiere a esta circunstancia diciendo que entonces "se contaba con un material probatorio mucho menor" que ahora.

Así, y además de las declaraciones policiales en las que los dos etarras inculparon a Olatz, el tribunal ha tenido en cuenta el "documento de autocrítica" escrito de puño y letra por Sampedro y remitido a la dirección de la banda -que fue intervenido con posterioridad a su juicio- en el que se hace alusión a la cita mantenida con la acusada el 9 de junio de 2001.

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