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Absueltos dos periodistas acusados de calumnias e injurias al presidente del PP canario

Soria los denunció por acusarle de favorecer a un empresario en un concurso eólico a cambio de vivir gratis en un chalé suyo

El titular del Juzgado de lo Penal número 4 de Las Palmas de Gran Canaria ha absuelto de los supuestos delitos de calumnias e injurias a los periodistas Carlos Sosa y Francisco Javier Chavanel, a quienes el presidente del PP en Canarias, José Manuel Soria, denunció hace tres años por relacionar el uso de su vivienda entre junio de 2004 y marzo de 2006 con el interés en el concurso eólico de Javier Esquivel, administrador de la empresa Atlantic Building y propietario del chalé.

La sentencia, dada a conocer hoy por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), condena en costas a la acusación particular del también vicepresidente y consejero de Economía y Hacienda del Ejecutivo regional, y desestima las acciones afirmadas como responsables civiles subsidiarios frente a la entidades Virtual Press SL y Canaria Ahora Radio SL.

El juez declara probado que Carlos Sosa publicó el día 11 de mayo de 2006 en el diario digital canariasahora.com los artículos titulados Eolo vuelto al revés y Soria vivió totalmente gratis en el chalet de Esquivel durante 19 meses. En estos artículos se afirmaba que Soria, entonces presidente del Cabildo de Gran Canaria, "desde la elevada posición en la estructura del poder, supuestamente ejerció sus buenos oficios para que se diera un trato de favor en el concurso convocado por orden de 14 de octubre de 2004 para la asignación de potencia en la modalidad de instalación de nuevos parques eólicos, a las empresas Promotora de Recursos Eólicos 2004 y Mediotec Inversiones SL con, empresas de sus amigos personales, los hermanos José Ignacio y Javier Esquivel", así como en otros asuntos relacionados con ambos.

Forma de pago

A cambio de ello, Soria "habría morado de forma gratuita el chalé que la entidad Atlantic Buildings en una vivienda en Santa Brígida, desde junio de 2004 hasta el mes de abril de 2006". De dicha compañía era presidente en esas fechas, Javier Esquivel, y su esposa. La sentencia cuestiona "la rotunda persistencia de los testigos en trasladar que la relación arrendaticia" de Soria con Esquivel "se ha articulado en virtud del principio de autonomía de la voluntad, dentro de los cánones legales y la normalidad". Así, señala que "la regla general es el pago mensual, y, por tanto, el pago a precio alzado como reminiscencia de los arrendamientos rústicos es posible, pero no parece que sea la práctica habitual en el tráfico arrendaticio actual en el ámbito urbano".

La resolución indica que "se deja una gran libertad de pacto en orden al lugar y procedimiento de pago, da manera que en su defecto jugaría lo que ha sido tradicional, en metálico y en la vivienda arrendada, esta previsión legislativa trae su causa en que lo habitual en sociedades modernas va siendo el pago a través del sistema bancario e incluso acudiendo a medios ofimáticos". El juez alude al "extraño modo del pago de la renta" y apunta a que lo relatado por los testigos "no se corresponde con lo que es habitual en el tráfico jurídico arrendaticio, máxime cuando la arrendadora es una mercantil".

El líder del PP canario negó el pasado 30 de junio durante el juicio de esta causa haber influido en su condición de entonces presidente del Cabildo para "apartar" a Megaturbinas Arinaga del concurso de asignación de potencia eólica convocado en 2004 por el Gobierno autonómico "a cambio de favorecer a un tercero privado", y rechazó haber vivido gratis en un chalé en la capital de la isla. Sin embargo, los imputados sostuvieron sus acusaciones basadas en "informaciones veraces y contrastadas".

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