Texto íntegro del auto de Garzón
Garzón no se opone a que miembros de Batasuna acudan a la manifestación de Bilbao
JUZGADO CENTRAL DE INSTRUCCION N°5
SUMARIO 35/02-M INTEGRACION EN ORGANIZACIÓN TERRORISTA.
AUTO
En Madrid, a 12 de enero de 2007.
HECHOS
UNICO.- Por los Procuradores Sres. Vila Rodríguez y Campal Crespo, se han Presentado escritos en este Juzgado, solicitando diligencias con el contenido que obra en autos.
De dichos escritos se da traslado al Ministerio Fiscal, quien informa en el sentido que obra en autos.
RAZONAMIENTOS JURIDICOS
UNICO.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 311 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el juez acordará aquellas diligencias que se consideren necesarias para el fin que persigue la instrucción, a no ser que fueran inútiles o perjudiciales.
En el caso presente resulta evidente que hay diligencias imposibles de realizar por cuanto el hecho que las motiva no se ha producido (eventual rueda de prensa de representantes de Batasuna), o son innecesarias (oficio de requerimiento al lehendakari); y, otras, en fin, por redundantes, tales como la adopción de medidas por la policía para evitar la exhibición de símbolos. No obstante se recordará tal extremo.
La reclamación de información sobre las ruedas de prensa celebradas sí es pertinente.
En cuanto a las nuevas imputaciones, providencia de 11.01.07, se resolverá aparte.
Por lo expuesto, y vistos los artículos demás de pertinente y general aplicación
DISPONGO
Cursar oficio a la Ertzaintza, para que cuiden de que en la manifestación que se celebrará el día 13.01.06 no se exhiban símbolos o pancartas relacionadas con organizaciones suspendidas o declaradas ilegales o ilícitas; y, en u caso procedan de conformidad con la ley.
Que por la UCI, Jefatura del Servicio de Información de la Guardia Civil y Ertzaintza, se informe sobre las ruedas de prensa realizadas, no así respecto de las que no han tenido lugar.
No ha lugar a dirigir oficio alguno ni requerimiento al lehendakari.
Notifíquese esta resolución al Ministerio Fiscal y demás partes personadas.
Así lo acuerda, manda y firma D. BALTASAR GARZÓN REAL, MAGISTRADO-JUEZ del Juzgado Central de Instrucción n° 5 de MAD1ID.- Doy fe.
DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado; doy fé.
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