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El Poder Judicial investigará la excarcelación de dos presuntos etarras por la Audiencia

La Audiencia se escuda en un "error de fechas" para justificar la puesta en libertad de Ayensa Laborda y Mikel Soto Nolasco

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha abierto una investigación para determinar las circunstancias en las que se produjo ayer la excarcelación de los presuntos etarras Ibai Ayensa Laborda y Mikel Soto Nolasco, decretada por el juez de la Audiencia Nacional Guillermo Ruiz Polanco, al haberse agotado el plazo para prorrogar la prisión preventiva transcurrido dos años desde su detención.

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El portavoz del Poder Judicial, Enrique López, ha indicado que recabará los datos que estime oportunos al Juzgado Central de Instrucción número 1 de la Audiencia, del que es titular Ruiz Polanco, así como a la Fiscalía. Una vez estudiada la documentación, el CGPJ deberá acordar si archiva el caso o bien abre diligencias o expedienta al magistrado, quien tiene ya abierto otro expediente por retrasos en la tramitación de una causa referida a un fraude del IVA. "Estamos ante unos hechos con unas consecuencias graves y fatales para el sistema", ha lamentado López.

Igual de crítico con los jueces de la Audiencia se ha manifestado el ministro del Interior, Ángel Acebes, quien ha considerado una "mala noticia" la puesta en libertad de los dos presuntos terroristas. En este punto, ha recordado que "cuesta muchísimo trabajo a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad detenerles y ponerles a disposición judicial", para que luego "sean puestos en libertad" de la manera que se produjo ayer.

"Un error en las fechas"

La Audiencia Nacional ha salido hoy al paso de la catarata de críticas que ha desatado la puesta en libertad de los presuntos etarras, y ha explicado que la decisión del juez Ruiz Polanco se debió a un error de fechas. En el expediente abierto a los dos detenidos figuraba la fecha de su ingreso en prisión, el 25 de febrero de 2002, y no la de su detención, cuatro días antes, cuando empieza a correr el plazo de dos años para renovar la prisión preventiva.

La prisión provisional de los detenidos debe ser revisada obligatoriamente a los dos años, pero la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) en esta materia, que entró en vigor el pasado 25 de octubre, estableció que ese plazo empieza a contar desde el momento de la detención, y no desde que se dicta el auto de prisión como ocurría anteriormente. Así, Ayensa había superado en dos días el plazo de prisión preventiva cuando ayer fue conducido ante el juez Guillermo Ruiz Polanco, aunque en el juzgado se creía que faltaban aún 48 horas para cumplirlo.

De este modo, según fuentes del Juzgado de Ruiz Polanco, el magistrado no tuvo otra opción que decretar la libertad de Ayensa, y también rechazó la petición de la Fiscalía de ordenar nuevamente su prisión al entender que eso constituiría un fraude de ley.

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