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Una Sala de Discordia desbloqueará la decisión sobre las querellas contra Atutxa, Knörr y Bilbao

La medida, adoptada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, podría ser recurrida por la Fiscalía General del Estado

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha decidido designar una Sala de Discordia para tratar de llegar a un acuerdo sobre la admisión de la querella por supuesta desobediencia interpuesta por el colectivo de funcionarios Manos Limpias y la Fiscalía General del Estado contra el presidente del Parlamento vasco, Juan María Atutxa, y los parlamentarios Gorka Knörr y Kontxi Bilbao, al negarse a disolver el Grupo Parlamentario de Batasuna.

La decisión se ha tomado ante la imposibilidad de que los cuatro miembros de la Sala Civil y Penal del TSJPV llegaran a un acuerdo sobre la admisión de la querella tras dos días de deliberación, al estar dos magistrados a favor de su tramitación y dos en contra.

Ante las discrepancias surgidas en el alto Tribunal los magistrados se han visto forzados a aplicar el artículo 262 de la Ley Orgánica del Poder Judicial que prevé disolver "la discordia". De esta forma, se constituye una Sala compuesta por los cuatro miembros de la Sala Civil y Penal y los dos presidentes de la Sala de los Contencioso Administrativo y de la Sala de lo Social del alto Tribunal, Enrique Torres y Manuel Díaz de Rábago, respectivamente. También integrará la nueva Sala la magistrada de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, María Abelleira.

La Sala de la Discordia tiene previsto mantener su primera reunión el próximo lunes, jornada en la que se espera que decida, de forma definitiva, si se tramita la querella.

Recurso de la Fiscalía

La Fiscalía General del Estado no está satisfecha con la composición de la Sala de Discordia, según han informado fuentes judiciales, y estudia recurrir la forma en que se han designado a los integrantes de dicho órgano. Las mismas fuentes declaran que "no se han respetado los dos posibles criterios para formar la Sala que establecen la Ley Orgánica del Poder Judicial o las normas de reparto".

De no admitirse la querella a trámite, sólo cabría recurso de súplica ante el mismo tribunal (el TSJPV), porque las penas por desobediencia son bajas. No cabría, pues, elevar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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