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La Audiencia de Alicante condena a seis años a la dueña de Ardystil

El tribunal la considera responsable de imprudencia temeraria por la muerte de seis personas en 1992 por usar productos tóxicos en la estampación textil

La sala tercera de la Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a la dueña de la empresa alicantina de aerografía textil Ardystil, Juana Llácer Soriano, a seis años y un día de prisión mayor por un delito de imprudencia temeraria profesional de extrema gravedad. Asimismo, ha condenado a otros siete de los 11 acusados por el caso del denominado síndrome Ardystil, que causó la muerte a seis personas en 1992 y enfermedades a otras 67 por el uso de productos químicos tóxicos sin las adecuadas medidas de protección. Además, la Generalitat Valenciana deberá indemnizar a 26 de los afectados.

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En el fallo, que ha sido leído en público por la presidenta del tribunal, Virtudes López, la Audiencia impone a la principal encausada, Juana Llácer, propietaria de la empresa que dio nombre al síndrome, una pena de seis años y un día de prisión mayor por un delito de imprudencia, y otra de un mes y un día de arresto por delito contra la seguridad de los trabajadores, por considerarla autora de un "delito de imprudencia temeraria profesional de extrema gravedad" y otro contra la seguridad de los trabajadores porque "infringió el deber que le incumbía de actuar prudentemente en situaciones peligrosas creadas por ella, como la manipulación constante de productos químicos irritantes".

Asimismo, condena a un inspector de Trabajo que visitó esta fábrica, Alfredo Ortolá, a seis meses y un día de prisión menor por un delito de imprudencia temeraria al darse en su actuación profesional una "inhibición total en el ejercicio de sus funciones en materia de seguridad e higiene", razón por la que la Generalitat ha sido declarada responsable subsidiaria. Además, impone sendas penas de diez días de arresto menor a otros seis empresarios procesados, en tanto que absuelve a otros tres, José Luis Picher, gerente de Ardystil, al estimar que "no gozaba de poder de decisión autónomo", y a los dueños de Boncolor S.L. y Aeroalcoy, dado que no ha queda acreditado que las condiciones de trabajo existentes en sus negocios pusieran en peligro a sus trabajadores y no consta que enfermara ninguno de ellos.

Absueltas las multinacionales

No obstante, la sala no considera responsables civiles a las multinacionales fabricantes de los productos químicos utilizados en el sector. Así, el tribunal no estima que las multinacionales Bayer, ICI y Solvay sean responsables civiles subsidiarias, tal y como solicitaron el Ministerio Fiscal y alguna de las acusaciones particulares, al "carecer" de responsable directo que establecer.

De acuerdo con la sentencia, que consta de 99 folios, el síndrome Ardystil se detectó en 1992 en seis empresas de aerografía textil (estampación de tejidos mediante pulverización con pistolas neumáticas) de Alcoy, Muro de Alcoy y Cocentaina, al norte de la provincia de Alicante. La exposición de los trabajadores de este sector a productos tóxicos en un ambiente laboral insalubre, unida a la falta de medidas de protección en las empresas como ventilación o mascarillas, fue la causa de que contrajeran patologías respiratorias como bronquitis obliterante con neumonía organizada (BONO) y fibrosis pulmonar.

En cuanto a las indemnizaciones para los perjudicados, los condenados (tres empresas, la Generalitat Valenciana y la compañía de seguros La Unión Alcoyana S.A.) deberán pagar un montante global superior a los 4.130.000 euros por las secuelas, así como 72,12 euros a cada uno de ellos por cada día de baja.

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