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DISPUTA LEGISLATIVO-EJECUTIVO

El Tribunal de Conflictos aplaza su decisión sobre el pleito entre Gobierno y Supremo por el caso 'Liaño'

Formado por tres magistrados y tres consejeros permanente de Estado, el voto de calidad lo tendrá su presidente, que lo es también del Supremo y el CGPJ

El Tribunal encargado de dirimir la cuestión está compuesto por seis miembros, y es presidido por Javier Delgado Barrio, presidente a su vez del Supremo y del Consejo General del Poder Judicial.

Los otros cinco integrantes son Rodolfo Soto y Pedro Antonio Mateos, ambos magistrados de la Sala Tercera del Supremo; y los consejeros permanentes de Estado José Luis Manzanares, Antonio Pérez-Tenessa y Miguel Vizcaino. En caso de empate a tres en favor de una y otra tesis, resolverá el voto de calidad del presidente.

El Gobierno concedió el indulto al ex juez de la Audiencia Nacional Javier Gómez de Liaño el pasado 1 de diciembre, después de que esté fuera condenado por la Sala Segunda del Supremo a 15 años de inhabilitación por prevaricación continuada en la instrucción del caso Sogecable.

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Rechazo al indulto

Como consecuencia de la condena, Liaño había sido expulsado de la carrera judicial, pero el Gobierno decretó en su indulto el reingreso del juez a ésta. El 8 de enero, el Pleno de la Sala de lo Penal del Supremo resolvió por mayoría rechazar esta medida, al entender que su expulsión era una pena ya ejecutada, lo que excluía que pudiera indultarse.

De ese modo, el Supremo sólo aceptó indultar los 15 años de inhabilitación, por lo que Liaño tendría que esperar cinco años para volver a la judicatura, periodo en el que se cancelan los antecedentes penales.

El Gobierno presentó el conflicto de jurisdicción con la Sala Segunda del Supremo por estimar que la competencia para establecer el alcance del indulto es del Ejecutivo, y el Supremo no puede corregir o modificar la medida de gracia.

De su misma opinión fueron la Fiscalía y el propio Liaño, según plasmaron en sus alegaciones. Por contra, el Supremo ha defendido su competencia para controlar la legalidad de los actos del Gobierno, incluidos los indultos.

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