_
_
_
_

El extendido fraude de beneficiarse del sudor de los becarios

Los jueces declaran la relación laboral cuando las funciones no son formativas, sino productivas

Relacion laboral becarios
Muchas empresas utilizan de forma encubierta a becarios como personal laboral.Klaus Vedfelt (Getty Images)

Miguel estaba estudiando el máster de acceso a la abogacía cuando uno de sus profesores le ofreció cursar las prácticas obligatorias en su bufete. Una oferta que le llenó de entusiasmo al proceder de una persona en la que confiaba. Pero acabó convirtiéndose en un fraude. En el año y medio que en total estuvo en el despacho no obtuvo ningún tipo de remuneración. Al principio pensó que era “normal” que no le pagasen, ya que estaban invirtiendo “tiempo y recursos” en su formación. Pero después de los primeros meses, Miguel ya no estaba completando su aprendizaje, sino que realizaba las tareas propias de un trabajador: redactaba demandas que después firmaba su profesor o resolvía laudos arbitrales en su nombre. “Y todo con la esperanza de una oferta de trabajo que nunca llegó. Porque cuando tienes veintipocos años y vienes de una familia sin vínculos con la profesión te ves obligado a aceptar condiciones abusivas para conseguir la experiencia que demandan las empresas”.

Su caso no es una excepción. Entre 2018 y 2022, la Inspección de Trabajo ha registrado 553 infracciones y ha impuesto multas a las compañías por 15,1 millones de euros por utilizar de forma encubierta a becarios como personal laboral. Esta vigilancia ha permitido aflorar casi 5.000 puestos de trabajo en los últimos cinco años. Según explica Ana Ercoreca, presidenta del Sindicato de Inspectores de Trabajo de España, es necesario destapar estas situaciones porque “los trabajadores tienen que estar dados de alta en la Seguridad Social, con el salario y los derechos” que les reconoce el Estatuto de los Trabajadores y el resto de la legislación laboral. Si no están bien encuadrados, “no tendrán acceso a la prestación por desempleo, maternidad o paternidad”. Y todo ello conducirá a “precarizar” cada vez más las relaciones laborales.

Aunque el objetivo de la beca es bueno, pues, como ha argumentado el Tribunal Supremo, ayuda al estudiante a abrirse camino en el mercado de trabajo mediante una formación práctica “adecuada” a su titulación, siempre hay alguien dispuesto a “apropiarse del esfuerzo” del becario, “obteniendo una utilidad en beneficio propio”. En estos casos, los jueces han declarado la existencia de la relación laboral basándose en que el estudiante realizaba las mismas funciones que otros trabajadores, que no había un programa formativo (era esencialmente productivo) y/o que no constaba la designación de un tutor. Especialmente sangrantes son los casos en los que la ilegalidad procede de la Administración pública, que ha sido condenada en diferentes ocasiones por utilizar a becarios para realizar el trabajo de los funcionarios. Un fenómeno que se extiende desde el mundo universitario al de las diputaciones provinciales, pasando por otras entidades del sector público. En estos supuestos, los tribunales han aplicado la doctrina de la “relación laboral indefinida no fija”, que da derecho a ocupar el puesto hasta que se convoca el concurso o la oposición.

Un estatuto propio

Para evitar las malas prácticas, el Ministerio de Trabajo está desarrollando el Estatuto del Becario con la participación de los sindicatos CC OO y UGT y de las organizaciones empresariales CEOE y Cepyme. Según informa el departamento de la vicepresidenta Yolanda Díaz, “el objetivo es elaborar una norma que garantice la protección de los derechos que les correspondan a las personas que realizan prácticas no laborales, tanto en empresas como en instituciones, evitando así la precariedad”. Una iniciativa que bebe de la reforma laboral del pasado diciembre y que la Inspección de Trabajo ve con buenos ojos. Debería mirar “al estatuto del becario de investigación”, considera Ercoreca, el cual reconoce su derecho “a percibir la ayuda económica que corresponda a la beca” o a “ser dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social”. “Habrá que analizar si debe incluirse la protección frente al desempleo”, apunta la inspectora.

Actualmente, y hasta saber qué dice el nuevo estatuto, a las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, ya sean curriculares (las que forman parte del plan de estudios) o extracurriculares (las voluntarias), se les aplica el Real Decreto 592/2014. Y a las prácticas profesionales no laborales en empresas (las que se realizan en compañías que formalizan convenios con los servicios públicos de empleo y que están dirigidas a jóvenes sin experiencia), el Real Decreto 1543/2011. No obstante, estos textos “recogen principios muy genéricos”, subraya Álvaro San Martín, abogado laboralista en el Bufete Casadeley, por lo que en la práctica los becarios quedan al arbitrio de los convenios de colaboración, que no siempre están “bien hechos”.

De hecho, hay ofertas de trabajo que obligan a los jóvenes a matricularse en cursos online para firmar un convenio y disfrazar así la relación de práctica no laboral, con una quita importante de sueldo y derechos. Se trata de una situación “fraudulenta”, equiparable a quien contrata a “falsos autónomos o no paga el salario mínimo”, critica el letrado.

A la luz de la normativa vigente, los becarios que realizan prácticas no laborales tienen que recibir de la empresa “una beca de apoyo cuya cuantía será, como mínimo, del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) mensual vigente en cada momento”, explica Blanca Mercado, directora del área laboral de Ceca Magán Abogados. Y los que cursan prácticas académicas externas tienen derecho a percibir, cuando así se estipule, una “aportación económica en concepto de bolsa o ayuda al estudio”. Y ello sin que puedan ser obligados a hacer más horas de las que se fijan en los acuerdos.

Vías para denunciar el abuso 

Una vía para denunciar el fraude en la contratación de falsos becarios por parte de las empresas privadas o de las Administraciones públicas es acudir a la Inspección de Trabajo, explica Rafael Busto, abogado de CCS Abogados. De hecho, una de sus líneas de actuación para el trienio 2021 a 2023 es actuar contra esta figura. Otra forma de pedir amparo, al margen de accionar ante los juzgados y tribunales, es a través del Defensor del Pueblo, especialmente cuando el abuso procede de las Administraciones. Todo ello sin perjuicio de articular la denuncia mediante los canales que establezca la universidad o el centro formativo.


Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Más información

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_