La Audiencia de Madrid absuelve al fundador de Vitaldent, acusado de falsificar títulos de postgrado
La Fiscalía llegó a pedir una pena de 4 años de cárcel para Ernesto Colman
La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto al fundador y exadministrador de Vitaldent, Ernesto Colman, que fue juzgado en enero por falsificar supuestamente títulos de postgrado. El tribunal descarta los delitos de estafa y falsedad en documento oficial que le atribuían las acusaciones —la Fiscalía llegó a pedir cuatro años de cárcel para el empresario—. Según consta en la sentencia, dictada el pasado 11 de febrero y a la que tuvo acceso EL PAÍS, los jueces consideran que no se produjo “un engaño”.
Colman obtiene así la victoria, aunque cabe recurso contra el fallo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en uno de sus múltiples frentes judiciales. Un triunfo que contrasta con el importante varapalo que sufrió a finales del pasado año, cuando la Audiencia Nacional ordenó reabrir el bautizado caso Vitaldent para que se celebre juicio oral contra el empresario uruguayo y medio centenar de personas por el presunto fraude de las clínicas de ese grupo. En ese sumario se investigan delitos de organización criminal, defraudación tributaria, estafa, apropiación indebida y blanqueo de capitales.
La Audiencia Provincial de Madrid ha considerado probado que Vitaldent impartió cursos de formación y especialización a odontólogos y médicos a través de un Centro de Estudios Superiores (CES) que creó en Madrid, y para los que firmó un convenio con la Universidad Politécnica de Barcelona durante dos cursos (2013-2014 y 2014-2015). Sin embargo, según la Fiscalía, Colman lideró una trama para expedir los títulos “a sabiendas de que no era auténticos” con el anagrama de la Universidad de Córdoba, pese a que este centro no los admitía.
Para descartar el delito de estafa, que requiere que se produzca un “engaño”, el tribunal argumenta: “Lo cierto es que se cumplió con la obligación contraída de otorgarse el título de máster comprometido por la Universidad Politécnica de Barcelona”. “A su vez, es relevante que el curso de posgrado es contratado por quien ha cursado ya la licenciatura de Medicina, sin que pueda invocarse desconocimiento en lo referente a la índole de los estudios y formación que dispensa una universidad técnica”, dice la sentencia: “Por ello, es razonable que el curso se diere por quien no hubo la condición de profesorado de tal universidad, siendo bastante el control que reporta que su director del curso de posgrado sí perteneciere a tal universidad”. “La acusación, en ocasiones, se asemeja a un escrito de demanda en orden al incumplimiento de la formación prometida”, dice la resolución.
Además, los magistrados añaden sobre el delito de falsificación de documentos, por la inclusión de un anagrama de la Universidad de Córdoba: “No se recoge acción alguna concreta y particular del acusado que conlleve que cometiere materialmente falsedad alguna en los diplomas expedidos por CES Vitaldent. Lo cierto es que estos aparecen rubricados y en rigor son expedidos, ya personalmente, ya actuando en nombre de una entidad, por personas distintas al acusado”. “El principio de intervención mínima es un elemento que vertebra el Derecho Penal. Debe reducirse al mínimo indispensable para el control social, castigando solo las infracciones más graves”, explican los jueces.
Esta fue la línea de defensa que desplegaron los abogados de Colman, del despacho Oliva-Ayala Abogados, que insistieron durante la vista en que el empresario no gestionaba el CES Vitaldent y no firmó los diplomas, por lo que no actuó con intención falsaria, según informó la agencia Efe.
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