El Supremo decidirá si la multa a Telepizza por la dimisión de Marcos de Quinto está justificada
El tribunal ha admitido el recurso de la empresa contra la sentencia de la Audiencia Nacional que la condenaba a pagar 150.000 euros por infracción grave
El Tribunal Supremo ha acordado admitir a trámite el recurso de Telepizza contra la sentencia del pasado 18 de marzo, dictada por la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional, en la que condenaba a la cadena de restaurantes a pagar una multa de 150.000 euros por haber comunicado mal al mercado la renuncia de Marcos de Quinto a continuar en el consejo de administración, un hecho que tuvo lugar el 18 de mayo de 2018. Entonces, Telepizza aludió a “motivos personales”, para justificar la salida del empresario, cuando en realidad De Quinto había mostrado su desacuerdo porque no compartía el proyecto de Telepizza de firmar un pacto con Pizza Hut (ahora Yum!) para convertirse en máster franquiciado en España y Latinoamérica.
La CNMV abrió un expediente por aquel suceso y terminó sancionando a la compañía por una infracción grave tipificada en el artículo 295.15 de la Ley del Mercado de Valores por incumplir las normas sobre abuso de mercado. La CNMV siempre mantuvo que Telepizza había suministrado información con datos inexactos o no veraces, y que omitía aspectos o datos relevantes para explicar lo ocurrido. De hecho, la sentencia de la Audiencia que avaló la sanción llegaba a la conclusión de que la dimisión tenía una motivación personal, pero que venía dada por las reticencias de Marcos de Quinto, en contra de la mayoría del consejo de administración, de avalar la operación. Algo que fue “lo suficientemente transcendente y concreto” como para haber influido, si se hubiese comunicado correctamente, en la toma de decisiones de los inversores y en los precios de los títulos.
La empresa, sin embargo, alega que cumplió las recomendaciones del Código de Buen Gobierno del organismo supervisor vigente en aquel momento, que contemplaba la comunicación del cese del consejero como hecho relevante, “pero no de los motivos del cese”, según explica el recurso admitido a trámite. El Supremo se propone ahora interpretar el reglamento sobre abuso del mercado y la Ley del Mercado de Valores para tomar una decisión.
Tras aquel acuerdo con Pizza Hut, que fue acogido muy bien por el mercado, Telepizza aspiraba a crear un gigante en Latinoamérica, el Caribe, Suiza y España, con planes para hacer 1.300 nuevas aperturas en 10 años. Sin embargo, el año pasado, la compañía amenazó con romper el pacto por la “incapacidad” de integrar ambas marcas de forma eficiente debido a que la covid deprimió las ventas y disparó las necesidades de financiación del grupo. Tras un año en la cuerda floja, los términos del acuerdo se revisaron y Food Delivery Brands (Telepizza), propiedad de KKR, consiguió nueva financiación. Según lo que anunciaron el pasado mes de mayo, Telepizza y Pizza Hut (Yum!) han alargado en un año el plazo para esas 1.300 aperturas fijadas, y han revisado la distribución geográfica de las aperturas. Telepizza comunicó en el primer trimestre de este año unas pérdidas de 12 millones de euros.
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