El programa español no acaba de despegar
La iniciativa no ha atraído el capital esperado pese a que el Gobierno ha relajado los requisitos
Parecía la fórmula perfecta para atraer inversión extranjera y reducir el enorme inventario de vivienda en España tras el estallido de la burbuja. Pero los visados que el Gobierno coló en una ley que aparentemente no trataba de extranjería —la Ley de Emprendedores—, no funcionaron todo lo bien que el Ejecutivo esperaba. Desde el verano de 2013, España otorga la residencia a quien pueda permitirse comprar una o varias viviendas de al menos 500.000 euros; invertir un millón en acciones, tener depósitos bancarios por ese valor o comprar dos millones en deuda pública. Criticados por tender a los ricos extracomunitarios un puente de plata a España (y a toda el área Schengen) en un entorno de crecientes tensiones migratorias, durante el primer año de funcionamiento (hasta septiembre de 2014) sólo se concedieron medio millar de permisos con una inversión aproximada de 446 millones de euros.
La propuesta española exige un mínimo de inversión similar del que pide Portugal, pero el país vecino facilita mucho más los trámites y permite la reagrupación familiar sin tantas trabas. El Gobierno de Mariano Rajoy se vio obligado a relajar los requisitos del visado de oro español a través de la Ley de Segunda Oportunidad publicada el 28 de julio del año pasado: a partir de entonces ya no es necesario conseguir un visado provisional de un año requerido al principio. La autorización de residencia se otorga por dos años renovables cada cinco, y no cada dos, como inicialmente. Además, las parejas de hecho pueden sumarse a la autorización, que también se extiende a los hijos mayores de 18 años que no tengan recursos económicos propios ni hayan formado otra familia. “No tengo la impresión de que la Administración española esté siendo restrictiva”, señalan en un despacho que asesora a inmobiliarias. ”Pero, aunque cuando se publicó la ley tuvimos muchas consultas, Portugal desarrolló su programa ampliamente, con fórmulas mucho más flexibles que nosotros, nos han tomado la delantera”.
Ultimos datos
Los últimos datos (hasta septiembre de 2015) hablan de cierto impulso de los visados de oro, demandados fundamentalmente por ciudadanos chinos, rusos y de países árabes, y en menor medida por ciudadanos de Ucrania, Ecuador o Irán. En los dos primeros años de funcionamiento se tramitaron 11.411 autorizaciones al amparo de la ley, y de ellas, 1.181 corresponden a inversores y emprendedores. El resto se concedieron a personal investigador o a empresas que contrataron a personal del extranjero altamente cualificado. La inversión en vivienda alcanzó los 741 millones de euros porque ahora, entre otras cosas, no se requiere la presencia del solicitante del visado si se tiene un representante en España, tanto para la concesión inicial como para la renovación. El titular de ese permiso puede mantener su residencia fiscal fuera de España a menos que permanezca más de 183 días al año en este país.
Ivor Cano, asesor de la inmobiliaria Engels & Volkers, cuenta con los dedos de una mano las solicitudes que ha recibido en los últimos 12 meses. “Ese tipo de clientes suelen conocer España como destino de vacaciones o por jubilación. Son enamorados del país y se plantean tener aquí una residencia permanente porque eso les ofrece acceso a otros Estados de la UE”. Todo ello sin tener que acreditar una estancia mínima para mantener la visa. Cano cuenta que la costa española está “dividida” por áreas de preferencia: Alicante para los rusos, Valencia es el destino preferido de los chinos, la Costa del Sol para los árabes y por las Canarias optan más latinoamericanos, en especial venezolanos. Tardan unos dos meses en arreglar todo el papeleo.
“Se toman su tiempo en buscar propiedad”, señala. Y no suelen tener problema para acreditar otros ingresos que exige la ley, como contar con recursos económicos suficientes (2.130 euros mensuales para el interesado y 532 euros por cada familiar que esté a su cargo). O con el seguro médico privado. Y como explica un informe del despacho Uría y Menéndez, la ley no detalla que la inversión deba ser de un tipo determinado de inmuebles, así que valen, además de las viviendas, cualquier suelo –incluso no urbanizado- o habitaciones de hotel.
Claro que, al relajarse la burocracia también lo han hecho las exigencias para evitar que se convierta en un coladero. La ley dicta que los beneficiarios “deben de carecer de antecedentes penales en España y en los países donde hayan residido en los últimos 5 años, por delitos previstos en el ordenamiento jurídico español”. El comprador debe presentar un certificado del Registro de la Propiedad español y documentación que demuestre que efectivamente ha pagado el inmueble. Los consulados, como receptores de las solicitudes, tendrán que comprobar ante la Dirección General de la Policía si “el solicitante representa un riesgo en materia de seguridad”, un trámite que, según los expertos consultados, se realiza de forma telemática en un corto espacio de tiempo. Al ampliarse los plazos de renovación, ahora esa comprobación se realiza cada lustro, y no cada dos años. Además, durante el periodo de gestión del permiso, tanto si es para la solicitud como para la prórroga, los solicitantes cuentan con la residencia en España hasta que se resuelve el procedimiento, para evitar lo que le ocurría a aquellos extranjeros que agotaban el plazo y se veían obligados a salir del país.
España, en cualquier caso, no deja de intentar atraer capital extranjero, en especial de China. El ministerio de Asuntos Exteriores acaba de anunciar que este mes de febrero se abrirán doce oficinas de recepción de solicitudes de visados Schengen (de corta duración, con una vigencia máxima de 90 días por semestre) en las ciudades de Chengdu, Jinan, Hangzou, Nanjing, Fuzhou, Changsha, Shenyang, Kunmig, Chongqing, Xian y Shenzen. El Gobierno espera así conseguir más visitas de turistas, empresarios e inversores chinos a España, lo que tendría un “impacto muy positivo” en el flujo económico bilateral.
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