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Competencia multa a Mediaset con tres millones de euros

La CNMC le acusa de vender publicidad de Telecinco y Cuatro de forma conjunta, una de las prohibiciones que estableció para aprobar su fusión

Paolo Vasile.
Paolo Vasile.EL PAÍS

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto una sanción de tres millones de euros a Mediaset por haber incumplido determinados compromisos tras el proceso de concentración de Telecinco y Cuatro.

Se trata de una infracción "muy grave" de la Ley de Defensa de la Competencia por incumplir los compromisos que impedían la comercialización conjunta de la publicidad de los principales canales del grupo, según una nota de la Comisión. En 2010, Competencia autorizó con compromisos la adquisición del control exclusivo de Cuatro por parte de Gestevisión Telecinco (actualmente Mediaset).

Competencia hizo vinculantes una serie de compromisos de Mediaset para autorizar la operación debido al riesgo para la competencia que implicaba la gestión conjunta de la publicidad de los canales de televisión de Telecinco y Cuatro. Estas medidas estaban dirigidas a garantizar que la nueva estructura del mercado audiovisual siguiera permitiendo a los anunciantes contratar publicidad de forma separada en cada uno de los principales canales del nuevo grupo.

Tras la instrucción del expediente, la CNMC ha acreditado que Mediaset ha incumplido el compromiso de "no desarrollar políticas comerciales y de precios que supongan, formalmente o de facto, la venta vinculada, directa o indirectamente, a los anunciantes de los canales Telecinco y Cuatro".

Competencia ha verificado que desde al menos el 6 de febrero de 2013 hasta al menos el 31 de marzo de 2014, Mediaset, al negociar la publicidad con sus anunciantes, habría requerido o  aceptado la inclusión formal de una cuota global mínima de inversión en sus canales como factor de negociación con los anunciantes.

En febrero de 2013, la autoridad de competencia ya sancionó a Mediaset por el incumplimiento de varias de las condiciones impuestas a la fusión de Telecinco y Cuatro con una multa de 15 millones de euros. Entre las condiciones infringidas entonces ya se encontraba la prohibición de vincular la contratación de publicidad en sus canales de mayor audiencia. En consecuencia, la CNMC ha impuesto una sanción de tres millones de euros, de acuerdo con la Ley de Defensa de la Competencia.

La CNMC recuerda que contra la misma no cabe recurso alguno en vía administrativa, aunque se puede interponer recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.

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