La CE adopta los estándares técnicos para limitar las primas a los banqueros
La Comisión Europea (CE) adoptó hoy los estándares técnicos para limitar las primas a los banqueros, a fin de evitar que las entidades circunvalen las reglas de remuneración en los nuevos requisitos de capital y asuman demasiados riesgos.
Los estándares, desarrollados por la Autoridad Bancaria Europea (ABE), establecen una metodología en toda la Unión Europea (UE) basada en una combinación de criterios cualitativos y cuantitativos.
Éstos sirven para identificar al personal cuyas actividades profesionales tienen un impacto material en el perfil de riesgo de un banco y firmas de inversión.
Los estándares tendrán que ser aplicados por todas las instituciones sujetas a las reglas de requisitos de capital de la UE (CRD IV), que entraron en vigor el 17 de julio y que reforzaron las normas sobre la relación entre el componente variable (incluyendo las primas) de la remuneración y el elemento fijo (el salario).
Desde el 1 de enero el componente variable no puede exceder el 100 % del salario fijo para estos banqueros, si bien bajo ciertas condiciones los accionistas pueden duplicar este porcentaje.
Para identificar al personal que tiene un impacto material en el perfil de riesgo de una institución financiera, éste debe encajar en uno o más criterios establecidos.
Habrá 15 criterios cualitativos relacionados con el papel y el poder para la toma de decisiones de miembros del equipo de gestión, directivos sénior o personal con autoridad para comprometer de manera importante el riesgo de exposición a créditos.
Los criterios cuantitativos están relacionados con el nivel de la remuneración total en términos absolutos o relativos de este tipo de personal identificado.
Los empleados que no encajen en los estándares cualitativos deben ser identificados aun así como personas que asumen riesgos si su sueldo supera los 500.000 euros al año o forman parte del 0,3 % del personal mejor pagado.
También si su remuneración es equivalente o más alta que el sueldo más bajo de la directiva sénior y de otros colegas que asumen riesgos y que han sido identificados como tales.
Los bancos disponen de algunas salvaguardas si determinadas personas han sido identificados solo con el criterio cuantitativo, pero únicamente bajo condiciones muy estrictas.
Así, para miembros de equipo con una remuneración de 500.000 euros o más tendrán que notificar a la autoridad competente su negativa a incluirlos entre el personal que tiene un impacto en el perfil de riesgo de la entidad.
Para la plantilla con una remuneración total de 750.000 euros o más o personal incluido en el 0,3 % de los mejor pagados, se tendrá que pedir autorización previa al regulador relevante para excluirlos.
En el caso de personal con una remuneración total de 1 millón de euros o más, las autoridades nacionales tienen que informar a la ABE antes de tomar una decisión.
En cada caso la institución financiera tendrá que demostrar que, pese a la elevada remuneración, el miembro de la plantilla en cuestión no tiene de hecho ningún impacto material en el perfil de riesgo de la compañía, en base a la unidad de negocio en la que trabaja y las labores y actividades que ejerce.
La Eurocámara y el Consejo tienen ahora un mes para analizar los estándares.
El comisario europeo de Mercado Interior y Servicios, Michel Barnier, afirmó que algunos bancos están haciendo "lo máximo posible para circunvalar las reglas de remuneración" y que la aprobación de los estándares técnicos "es un paso importante para garantizar que se apliquen las normas de requisitos de capital sobre este tema en toda la UE".
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