El Gobierno dice que "céntimo sanitario" se integró en el Impuesto Hidrocarburos
El Ministerio de Hacienda ha recordado hoy que desde enero de 2013 (en virtud de una ley de 2012) el llamado "céntimo sanitario" que se aplica en trece autonomías está integrado en el marco general del Impuesto de Hidrocarburos, adelantándose así a un posible pronunciamiento desfavorable de la UE.
El abogado general de la Unión Europea ha emitido hoy sus conclusiones sobre el llamado "céntimo sanitario", considerando que es "contrario al derecho de la Unión" debido a que no perseguía un fin específico no presupuestario distinto al impuesto general y tampoco cumplía determinadas normas aplicables a los impuestos especiales.
Así se refiere a lo ocurrido a la empresa catalana Transportes Jordi Besora, que entre 2005 y 2008 pagó 45.632 euros por este impuesto sobre las ventas minoristas de determinados hidrocarburos (IVMDH), motivo por el que se dirigió al tribunal de justicia de Cataluña, que a su vez solicitó su opinión a la corte con sede en Luxemburgo.
El departamento que dirige Cristóbal Montoro ha subrayado que lo primero que debe tenerse en cuenta es que se trata de las conclusiones del abogado general, y que para realizar cualquier valoración resulta necesario esperar a la sentencia que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictará en los próximos meses.
Cuando esto ocurra, España acatará la sentencia al respecto y los pronunciamientos que, en aplicación de la misma, pueden dictar los tribunales nacionales, añade el comunicado.
Se da la circunstancia de que en un 80 % de las ocasiones las sentencias finales coinciden con la opinión de este abogado.
Por otro lado, y en relación con las reclamaciones que han podido presentar los contribuyentes del impuesto con arreglo a la normativa anterior, Hacienda insiste en la necesidad de esperar a la sentencia del Tribunal para conocer su sentido y los efectos de la misma.
El "céntimo verde" o impuesto sobre las ventas minoristas de determinados hidrocarburos (IVMDH) grava el consumo de determinados hidrocarburos (gasóleo, gasolinas, fuelóleo y queroseno) y se repercute al consumidor final.
La finalidad de ese impuesto es garantizar que las comunidades autónomas posean recursos suficientes para atender los gastos sanitarios asumidos por la transferencia de competencias en materia sanitaria del ámbito nacional al autonómico.
La Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM) ha calculado hoy que si finalmente la sentencia declara ilegal el denominado "céntimo sanitario", España podría estar obligada a devolver los 13.000 millones de euros que ha recaudado con este tributo especial desde que empezó a implantarse en 2002.
Desde principios de este año, los distintos "céntimos sanitarios" fijados por las comunidades autónomas han dejado de ser tasas independientes para incorporase al impuesto general, en forma de tramo específico de este.
Así, desde el 1 de enero de 2013, el IVMDH se desdobla en tres tramos: el estatal general (400,69 euros y 307 euros por cada 1.000 litros de gasolina o diésel, respectivamente), el estatal especial (24 euros por cada 1.000 litros) y el autonómico.
El tipo autonómico en Galicia es de 24 euros cada 1.000 litros de gasolina y de 12 euros por cada 1.000 litros de gasóleo, mientras que en Asturias es de 48 y 40 euros, respectivamente.
Madrid tributa 17 euros por cada 1.000 litros de carburantes y Navarra, 24 euros, mientras que País Vasco, La Rioja y Aragón no tienen impuesto autonómico y el resto de las regiones cobra 48 euros por cada 1.000 litros.
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