Los afectados por impago de hipotecas pueden ser indemnizados por el banco
Los afectados por no poder pagar la hipoteca pueden ser indemnizados por el banco en caso de ejecución hipotecaria y percibir hasta un 30 por ciento del valor del inmueble, ha informado hoy el Negociador Bancario, compañía experta la negociación de los problemas con las entidades financieras.
En nota de prensa, el Negociador Bancario ha querido alertar sobre esta posibilidad, que la mayoría de los afectados desconocen, pero que permite cobrar, en muchos casos, cantidades superiores a los 30.000 euros.
Para esta compañía, "las ejecuciones hipotecarias no siempre son legales. El final del calvario no tiene que terminar forzosamente con la pérdida de la casa, hay varias alternativas".
Entre los requisitos esenciales para llevar a cabo una ejecución hipotecaria se encuentra que la deuda conste en una escritura que hayamos firmado ante notario.
Además en ella debe de constar la tasación de la casa, un lugar donde se pueda notificar la ejecución y que esté inscrita en el Registro de la Propiedad.
"Si falta cualquiera de estas condiciones, no se puede producir la ejecución", continúa el Departamento de Contra-Ejecuciones Hipotecarias de esta compañía.
El Negociador Bancario ha recordado que la Constitución consagra, en su artículo 24, el derecho a los demandados a la tutela efectiva.
"Esto quiere decir que si no notifican la ejecución a los afectados, todo el proceso es nulo. La ejecución no servirá para nada y se deberá volver a empezar. Incluso si ya han ejecutado al perjudicado y quitado la posesión de su casa, aún cabe la posibilidad de iniciar el procedimiento de nulidad de actuaciones", ha explicado la compañía.
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