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CRISIS DESAHUCIOS

La defensora del pueblo afirma que la normativa hipotecaria "está anticuada"

La defensora del Pueblo, Soledad Becerril, durante la presentación de un informe sobre participaciones preferentes en el que se aportan nuevas propuestas para paliar los problemas provocados por estos productos financieros.
La defensora del Pueblo, Soledad Becerril, durante la presentación de un informe sobre participaciones preferentes en el que se aportan nuevas propuestas para paliar los problemas provocados por estos productos financieros.EFE

La defensora del pueblo, Soledad Becerril, ha afirmado hoy que la normativa española que regula los procedimientos de desahucio por impago de la hipoteca sobre vivienda "está anticuada" y hay que revisarla para "ponerla al día".

Durante una rueda de prensa, Becerril ha evitado pronunciarse en profundidad sobre la sentencia del Tribunal Europeo contra la normativa hipotecaria española antes de conocerla en detalle, pero ha avanzado que deberán revisarse las diversas leyes que afectan a estos procedimientos.

El Tribunal de Justicia de la UE ha dictaminado hoy que la regulación española de los procesos de desahucio contraviene la legislación europea de protección de los consumidores.

Según la corte de Luxemburgo, España impide suspender la ejecución hipotecaria al juez competente para declarar abusiva una cláusula de un contrato de préstamo hipotecario.

Desde 2012 el Defensor del Pueblo ha elaborado diversas recomendaciones para mejorar la protección de los deudores hipotecarios y la propia Becerril las ha trasladado personalmente al Gobierno.

En sus últimas propuestas, Becerril propone, entre otras cuestiones, crear un procedimiento legal de insolvencia para personas físicas que regule el establecimiento de plazos, prórrogas, quitas y esperas en el cobro de la deuda, limitando la responsabilidad patrimonial de las personas inmersas en él.

Asimismo, reclama un nuevo concepto jurídico para el "deudor de buena fe", establecer un acto previo de conciliación entre deudores y entidades financieras en el que el juez tenga la facultad de imponer un acuerdo razonable y un sistema de tasación de los inmuebles justo e independiente.

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