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GOBIERNO PESCA

El Gobierno aprueba un registro nacional de infracciones pesqueras graves

Algunos de los barcos de la flota pesquera de la localidad gaditana de Barbate con la bandera de cortesía marroquí. EFE/Archivo
Algunos de los barcos de la flota pesquera de la localidad gaditana de Barbate con la bandera de cortesía marroquí. EFE/ArchivoEFE

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (Magrama), un Real Decreto por el que se crea y regula el Registro Nacional de infracciones graves a la Política Pesquera Común.

Así lo ha indicado el Ministerio en un comunicado en el que ha precisado que esta nueva norma establece la aplicación de un sistema de puntos por infracciones graves y actualiza los importes de las sanciones.

Con esta decisión se incorporan a la normativa nacional las últimas disposiciones recogidas en la legislación comunitaria en esta materia.

El Registro Nacional incluirá todas las infracciones graves a las normas de la Política Pesquera Común, tanto si se comenten en aguas exteriores como en interiores.

Determina el procedimiento por el que la Secretaría General de Pesca tendrá que remitir la información requerida por otro Estado miembro o por la Comisión Europea sobre la existencia de infracciones y sanciones anotadas en el registro referente a buques que enarbolen su pabellón o a sus nacionales.

Aspecto que, según el comunicado, facilita la coordinación en la política de protección pesquera a escala comunitaria.

Para el Magrama esta regulación permitirá mejorar la coordinación entre los Estados miembro en la lucha contra las infracciones en materia de pesca, especialmente en los casos en que constituyan pesca ilegal, no declarada y no reglamentada.

Precisa, además, las normas de aplicación de un sistema de puntos que se podrá imponer tanto al titular de una licencia de pesca como al capitán o patrón de un buque que cometa una infracción grave de las normas de la Política Pesquera Común.

Esta asignación de puntos podrá conllevar la suspensión durante unos periodos determinados de la licencia o la inhabilitación para el ejercicio de la actividad pesquera, respectivamente, de acuerdo con la normativa comunitaria.

Actualiza los importes de las sanciones pecuniarias por infracciones en materia de pesca marítima en aguas exteriores, que han permanecido inalterados durante más de una década.

Es una decisión que se adopta para evitar que su cuantía actual suponga una merma en la efectividad preventiva y disuasoria de la acción de la Administración a la hora de gestionar de manera sostenible las pesquerías, en línea con los objetivos de la Política Pesquera Común.

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